Esta semana, el Ministro de Economía, Sergio Massa, anunció el nuevo Programa Compras Sin IVA. Debido a los reclamos aclaramos cuándo inicia la devolución del 21% del Impuesto al Valor Agregado sobre la canasta básica. La medida entrará en vigencia el lunes beneficiando a jubilados, pensionados, monotributistas, trabajadores, empleados domésticos y la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Sergio Massa confirmó que la vigencia del reintegro del IVA será del 18 de septiembre al 31 de diciembre de 2023.
Tal como ocurre con el 15% de reintegro de las compras de la Resolución General 5410, el programa estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Para su implementación, el Fisco cruzará información con otros organismo. Por esta razón, será directo sin trámites previos.
El reintegro sólo será sobre los productos de la canasta básica. Para acceder al beneficio, el titular tendrá que pagar con tarjeta de débito. La devolución del IVA se hará dentro las 48 horas posteriores a la compra con un tope mensual de $18.800 por persona.
Esta medida incluye a monotributistas; jubilados y pensionados con haberes de hasta tres jubilaciones mínimas; empleados del servicio doméstico; beneficiarios de la AUH y Asignación por Embarazo; y trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta $708.000. Por lo tanto, los autónomos no están incluidos pero el titular de AFIP, Carlos Castagneto, prometió medidas para ellos.
Proyecto para que el beneficio sea ley
El oficialismo elabora un proyecto para que se transforme en ley este beneficio. En la iniciativa se propondrá que el límite de devolución mensual sea equivalente al 21% de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para cuatro integrantes.
Trabajan para que la devolución sea por billeteras virtuales
Hoy, Carlos Castagneto dialogó con FM Urbana Play. En la nota, el funcionario afirmó que está trabajando para que la devolución también se aplique por billeteras virtuales.
Por esta razón, el beneficio también se aplicará cuando se abonen compras con Mercado Pago y otras aplicaciones.
Recordemos que AFIP habilitó la cancelación de obligaciones fiscales con billeteras virtuales.