Mañana vencerá al plazo para que los empleadores hagan el pago de la primera cuota de la suma fija. En el caso de los trabajadores de casas particulares, el plus es de $25.000. Para calcular el bono para el servicio doméstico, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó una calculadora online.
El Ministro de Economía, Sergio Massa, anunció una suma fija para trabajadores que se oficializó con el Decreto 438/2023.
Esta asignación no remunerativa para el servicio doméstico es de $25.000. La misma tiene que abonarse en dos cuotas de $12.500 cada una con los salarios devengados en agosto y septiembre.
Si el trabajador presta servicios por menos de la jornada completa (192 horas mensuales) se debe liquidar de forma proporcional. Por esta razón, AFIP habilitó una calculadora que permite obtener el monto a pagar cada mes. Para usarla sólo es necesario visitar la página de personal de casas particulares e indicar las horas trabajadas.
50% de reintegro del bono del servicio doméstico
Los empleadores del servicio doméstico pueden solicitar un 50% de reintegro del bono pagado. Para acceder a la devolución, el contribuyente no debió estar alcanzado por el Impuesto sobre los Bienes Personales en el ejercicio fiscal 2022 y tuvieron que tener ingresos netos de hasta $1.500.000 en agosto de 2023.
Obviamente, el vínculo laboral debe estar debidamente registrado en AFIP. Si sólo estuvo activo en agosto y no en septiembre sólo se podrá solicitar el reintegro de la primera cuota.
El reintegro de la primera cuota podrá solicitarse del lunes 25 al viernes 29 de septiembre. La devolución de la segunda tendrá que gestionarse del lunes 2 al domingo 8 de octubre.
La solicitud deberá hacerse por la página del Fisco en la solapa «Casas particulares», opción «Solicitud reintegro de asignación no remunerativa – Decreto N.º DECNU-2023-438-APN-PTE».
Motivos por los cuales se rechazará la devolución
AFIP aclaró que se rechazará la devolución en caso de falsedad de datos declarados al ingresar la solicitud. Tampoco corresponderá el reintegro por incumplimiento de las obligaciones laborales, sociales y previsionales a cargo de los empleadores.