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Fuerte Control de la AFIP a Importadores y Exportadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.132, publicada en el Boletín Oficial el día 15 de junio de 2011, lanzó un fuerte control a importadores y exportadores que vence a fin de mes. Operadores del comercio exterior deberán detallar antes del 30 de junio de 2011 todas las operaciones que hayan celebrado durante el año pasado. Apuntado a detectar triangulaciones, subfacturación de exportaciones y maniobras de evasión en transacciones intercompany. La AFIP instrumento una nueva Declaración Jurada Informativa Anual para ser presentada por los operadores de comercio exterior que cerraron ejercicio fiscal el anterior 31 de diciembre, entre los días 24 y 30 de junio de 2011, todas las operaciones que celebraron. El marco […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.132, publicada en el Boletín Oficial el día 15 de junio de 2011, lanzó un fuerte control a importadores y exportadores que vence a fin de mes. Operadores del comercio exterior deberán detallar antes del 30 de junio de 2011 todas las operaciones que hayan celebrado durante el año pasado. Apuntado a detectar triangulaciones, subfacturación de exportaciones y maniobras de evasión en transacciones intercompany.

La AFIP instrumento una nueva Declaración Jurada Informativa Anual para ser presentada por los operadores de comercio exterior que cerraron ejercicio fiscal el anterior 31 de diciembre, entre los días 24 y 30 de junio de 2011, todas las operaciones que celebraron.

El marco normativo obliga a los operadores a declarar las transacciones celebradas durante todo el año 2010, debiendo detallar lo siguiente:

  • Tipo de operación.
  • Sujeto del exterior emisor del comprobante o.
  • Sujeto del exterior receptor del comprobante.
  • Domicilio.
  • País.
  • CUIT-país.
  • Fecha de la operación.
  • Monto de la operación.

Para presentar la declaración Jurada Informativa Anual, el contribuyentes deberá utilizar el sistema de trasferencia electrónica por medio de la página de la AFIP y utilizará para ello el nuevo programa aplicativo «Operaciones Internacionales Versión 3.0».

El vencimiento de esta nueva obligación es de hasta  el decimoquinto día corrido inmediato posterior a la fecha de vencimiento general del Impuesto a las Ganancias, peor en esta oportunidad se da un plazo especial hasta el 30 de junio de 2011.

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1 comentario en “Fuerte Control de la AFIP a Importadores y Exportadores”

  1. Buenos días,

    Esta DDJJ es obligatoria para todos los importadores/exportadores o solo para aquellos que tenga transacciones con una casa matriz en el exterior?

    Gracias.

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