Del acuerdo salarial firmado el día 19 de mayo de 2011 entre la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, y las cámaras empresarias del sector surgió un aumento de sueldo del 26.5 % a pagar en dos cuotas, 15% retroactivo a abril y un 10% a partir de julio ambos del año 2011. Pero lo novedoso esta en que, desde abril de 2011 y hasta marzo de 2012, ningún trabajador puede percibir un “Mínimo Global de Referencia” de $3.200.-.
El acuerdo Salarial 2011 firmado para los trabajadores de la UOMRA fue del 26.5% a pagar en dos tramos:
- 15% retroactivo al mes de abril de 2011.
- 10% a partir del mes de julio de 2011.
- Más el pago de una gratificación Extraordinaria a pagar por única vez en tres cuotas de $300.- cada una en los meses de enero, febrero y marzo del 2012.
Además se pactó el pago de un “Ingreso Mínimo Global de Referencia” en la clausula 5ta. dice que durante el tiempo de vigencia del acuerdo, entre 1º de abril hasta 31 de marzo de 2012, todos los trabajadores comprendidos en el ámbito de la UOMRA que presten servicios en la jornada completa, tendrán el derecho al cobro de un ingreso horario de $16.- o mensual de $3.200.- por todos los ingresos bajo cualquier concepto remunerativo o no remunerativo que perciba el trabajador.
Desde el 1º de abril de 2011 y hasta el 31 de marzo de 2012 todos los trabajadores pertenecientes a la UOMRA, quincenales y mensuales deberán percibir un ingreso bruto mensual no inferior a los $3.200.- en concepto de:
- Horas Normales.
- Presentismo.
- Adicionales, como por ejemplo por Título Secundario o Técnico.
- Adicional por Antigüedad.
Se deja aclarado que por lo que se entiende y por los dicho de la asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina, ADIMRA, las Horas Extras no se deben computar para el cálculo del “Ingres mínimo Global de Referencia”.
Cuando un trabajador con su sueldo bruto del mes no llegue a los $3.200.-, el empleador deberá asignarle una Suma Remunerativa, a liquidar en concepto de “A Cuenta Futuros Aumentos” hasta llegar a los $3.200.-
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Tengo el MGR y cuando llegan las vacaciones me liquidan igual que un mes cualquiera, mitad en negro y mitad en blanco, esta bien?
BUENAS TARDES.
ESTOY POR COMENZAR A LIQUIDAR VACACIONES DEL MES DE NOVIEMBRE Y QUISIERA SABER SI DEBO TENER EN CUENTA EL «imgr» PARA CALCUALRLAS.
AGUARDO COMENTARIOS.
MUCHAS GRACIAS.
CAROLINA
Si los sueldos no superan el imgr teens que pagar las vacaciones teniendolo en cuenta
Graciela, entonces puedo reclamar lo que no me han pagado como retroactivos?
Muchas gracias por la pronta respuesta.
Saludos!!
Hola!
Yo trabaje desde agosto hasta febrero jornada completa y desde marzo media jornada.
Nunca me pagaron el IMGR, debo reclamar retroactivos? Como deberia hacer el calculo?
Mi jefe dice que como es de referencia, no es obligatorio, es realmente asi?
Saludos y gracias!
Luisina
Si es obligatorio peo si estas media jornada el IMGR tambien es proporcional
Muchisimas gracias!