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Planilla Excel para Liquidar a los Empleados de Comercio mes de Junio de 2011

Como es habitual en www.Econoblog.com.ar ponemos a disposición de nuestros visitantes la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Recordamos que si bien se firmó el acuerdo salarial de las paritarias 2011 por un 30% no acumulativo y en tres tramos, el mismo no se encuentra todavía homologado ni mucho menos publicado, por lo que muchas empresas no lo pagan hasta que esto no sucede. El Acuerdo Salarial 2011 para los Empleados de Comercio fue del 30% no acumulativo y en tres tramos: 15%  retroactivo Mayo de 2011. 8 % mes de septiembre de 2011. 7 % mes de diciembre de 2011. El mismo debe ser pagado con […]

Como es habitual en www.Econoblog.com.ar ponemos a disposición de nuestros visitantes la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Recordamos que si bien se firmó el acuerdo salarial de las paritarias 2011 por un 30% no acumulativo y en tres tramos, el mismo no se encuentra todavía homologado ni mucho menos publicado, por lo que muchas empresas no lo pagan hasta que esto no sucede.

El Acuerdo Salarial 2011 para los Empleados de Comercio fue del 30% no acumulativo y en tres tramos:

  1. 15%  retroactivo Mayo de 2011.
  2. 8 % mes de septiembre de 2011.
  3. 7 % mes de diciembre de 2011.

El mismo debe ser pagado con carácter de Suma No Remunerativa en concepto separado y será incorporado a los básicos de convenio recién en marzo de 2012.

En esta oportunidad le adjuntamos la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio para el mes de junio de 2011,  avisamos que es sólo el mes y el retroactivo de Mayo 2011, el Sueldo Anual Complementario, SAC, lo haremos en planilla separada.

Aconsejamos bajar la planilla a computadora y ver si es necesario realizar alguna modificación a la misma. El ejemplo de la liquidación se basa en un trabajador con la Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y una jornada completa.

Si los datos de referencia, o sea categoría o años de antigüedad no reflejan  los personales, se debe cambiar sólo dos celdas y no hace falta ser liquidadora de sueldos y jornales, cualquier persona lo puede realizar, solamente se debe animar.

Sólo para los casos en que la categoría, básico o años de antigüedad no coincidan con los a liquidar se debe, una vez bajada la planilla a la PC posesionarse en la celda y modificarlos:

  1. Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E58.
  2. Años de antigüedad en la empresa, celda C13.

Recordar que el importe del básico a cambiar en la celda E58 se debe obtener de la planilla de básicos del sindicato FACEyS, Escalas mes de Junio de 2010. con solamente modificar en los casos de ser necesario, esas dos celdas ya puede usted realizar la liquidación de un Empleados de Comercio en el mes de junio de 2011. Como de  costumbre, quedamos a la espera de su comentario, duda o inquietud para saber si la planilla Excel publicada te es de ayuda y de fácil utilización.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio Junio de 2011.

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69 comentarios en “Planilla Excel para Liquidar a los Empleados de Comercio mes de Junio de 2011”

  1. Con respecto al Aguinaldo, siguiendo la mecanica del año pasado, no habria que pagar junto al recibo de Junio el Aguinaldo correspondiente a las sumas no remunerativas, osea en este caso solo sobre los conceptos Rem. Año 2010 y Acuerdo Junio 2011 y no sobre el Retroactivo de Mayo, es así?

    1. Sebastian

      En esta oportunidad estoy preparando la planilla Excel para que puedan liquidar el aguinaldo pero lo voy a realizar en el recibo del aguinaldo, parte remunerativas y partes no remunerativas. Por que en el acuerdo no dice que se pague en el recibo de junio. Pero cada uno lo puede interpretar de otra manera

  2. Graciela: porque los importes de retroactivo a mayo 2011 y junio 2011 del ejemplo son distintos?
    Gracias Clara

  3. Hola Graciela:
    En el caso de un trabajador que inicie actividad en el mes de Junio del 2011 tengo que variar en algo más la planilla además de la celda de la categoría y de la antiguedad?

    Muchas Gracias

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