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Planilla Excel para Liquidar a los Empleados de Comercio mes de Junio de 2011

Como es habitual en www.Econoblog.com.ar ponemos a disposición de nuestros visitantes la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Recordamos que si bien se firmó el acuerdo salarial de las paritarias 2011 por un 30% no acumulativo y en tres tramos, el mismo no se encuentra todavía homologado ni mucho menos publicado, por lo que muchas empresas no lo pagan hasta que esto no sucede. El Acuerdo Salarial 2011 para los Empleados de Comercio fue del 30% no acumulativo y en tres tramos: 15%  retroactivo Mayo de 2011. 8 % mes de septiembre de 2011. 7 % mes de diciembre de 2011. El mismo debe ser pagado con […]

Como es habitual en www.Econoblog.com.ar ponemos a disposición de nuestros visitantes la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Recordamos que si bien se firmó el acuerdo salarial de las paritarias 2011 por un 30% no acumulativo y en tres tramos, el mismo no se encuentra todavía homologado ni mucho menos publicado, por lo que muchas empresas no lo pagan hasta que esto no sucede.

El Acuerdo Salarial 2011 para los Empleados de Comercio fue del 30% no acumulativo y en tres tramos:

  1. 15%  retroactivo Mayo de 2011.
  2. 8 % mes de septiembre de 2011.
  3. 7 % mes de diciembre de 2011.

El mismo debe ser pagado con carácter de Suma No Remunerativa en concepto separado y será incorporado a los básicos de convenio recién en marzo de 2012.

En esta oportunidad le adjuntamos la planilla Excel para liquidar a los Empleados de Comercio para el mes de junio de 2011,  avisamos que es sólo el mes y el retroactivo de Mayo 2011, el Sueldo Anual Complementario, SAC, lo haremos en planilla separada.

Aconsejamos bajar la planilla a computadora y ver si es necesario realizar alguna modificación a la misma. El ejemplo de la liquidación se basa en un trabajador con la Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y una jornada completa.

Si los datos de referencia, o sea categoría o años de antigüedad no reflejan  los personales, se debe cambiar sólo dos celdas y no hace falta ser liquidadora de sueldos y jornales, cualquier persona lo puede realizar, solamente se debe animar.

Sólo para los casos en que la categoría, básico o años de antigüedad no coincidan con los a liquidar se debe, una vez bajada la planilla a la PC posesionarse en la celda y modificarlos:

  1. Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E58.
  2. Años de antigüedad en la empresa, celda C13.

Recordar que el importe del básico a cambiar en la celda E58 se debe obtener de la planilla de básicos del sindicato FACEyS, Escalas mes de Junio de 2010. con solamente modificar en los casos de ser necesario, esas dos celdas ya puede usted realizar la liquidación de un Empleados de Comercio en el mes de junio de 2011. Como de  costumbre, quedamos a la espera de su comentario, duda o inquietud para saber si la planilla Excel publicada te es de ayuda y de fácil utilización.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio Junio de 2011.

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69 comentarios en “Planilla Excel para Liquidar a los Empleados de Comercio mes de Junio de 2011”

  1. Graciela es la primera vez que te escribo pero sigo tu blog desde hace un año todas las semanas busco lo nuevo y agradezco tu aporte, es muy valioso.

    Quiero hacerte una pregunta sobre la formula del Cálculo de Nov/11. ¿Por qué multiplicas las cifras a descontar por 17.4%? Leí los convenios y no encuentro el dato. Se me ocurre que es un factor de corrección a los descuentos sufridos. Gracias

  2. Graciela:
    Segun lo que interprete del acuerdo los 100$ en cuotas para junio y julio para la o.s. de comercio se debe descontar a todos los empleados tengan o no la o.s. de comercio……. ya que dice en el acuerdo para todos los empleados mercanties que fueron alcanzados por el acuerdo . ¿ que pensas vos?.. yo se lo desconte a todos…. Necesito tu ok… gracias

  3. Buen dia Graciela!! hago una consulta, el acuerdo homologado dice teniendo en cuenta las escalas al mes de noviembre de 2010, mes en el cual no correspondía el aumento del 5% escalonado del acuerdo de Junio de 2010, por lo cual mi consulta es si el 30% escalonado debería o no calcularse sobre ese 5%??? Gracias!!!

  4. Graciela, buen día. Mi pregunta es la siguiente, tengo un empleado que en el mes de junio tiene 2 faltas injustificadas, por lo que perdió el presentismo. ¿También lo perdería el presentismo de las sumas no remunerativas?

  5. Graciela, pregunto si tengo una empresa que tiene a cta futuros aumentos hace mas de dos años, que nunca fue absorbido en los aumentos y a la vez se le pagaron los acuerdos sobre este a cuenta. Como se aplicaria ahora? se lo toma como parte del basico y le calculo el 15% o no lo considero para nada.

    Gracias

    1. May
      Si ya la otra vez le aplico los aumento lo mas probable es que el empleador le aplique los aumentos nuevamente, eso lo decide el empleador segun el criterio en que fue firmado el acuerdo por que fueron dados

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