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Homologación del Acuerdo Salarial 2011 de los Empleados de Comercio

La semana pasada fue homologado por el Ministerio de Trabajo con la firma de Noemí Rial, secretaria de la cartera laboral, bajo la Resolución Nº 685, el Acuerdo Salarial 2011 celebrado el día 22 de junio de 2011 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, CAME y la Cámara Argentina de Comercio, CAC. El Ministerio en la homologación dejo aclarado que de los compromisos asumidos por la partes firmantes en los artículos undécimo y décimo tercero del acuerdo salarial, no están alcanzados en el ámbito laboral por lo que resulta ajeno a las previsiones del derecho colectivo de trabajo, Recordamos que el acuerdo […]

La semana pasada fue homologado por el Ministerio de Trabajo con la firma de Noemí Rial, secretaria de la cartera laboral, bajo la Resolución Nº 685, el Acuerdo Salarial 2011 celebrado el día 22 de junio de 2011 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, la Unión de Entidades Comerciales Argentinas, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, CAME y la Cámara Argentina de Comercio, CAC.

El Ministerio en la homologación dejo aclarado que de los compromisos asumidos por la partes firmantes en los artículos undécimo y décimo tercero del acuerdo salarial, no están alcanzados en el ámbito laboral por lo que resulta ajeno a las previsiones del derecho colectivo de trabajo,

Recordamos que el acuerdo firmado fue del 30% no acumulativo pagados en tres tramos:

  1. 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
  2. 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
  3. 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.

Debiéndose tomar los básicos de convenio existentes al mes de noviembre de 2011, o sea una vez que se hayan pasado todas las sumas No Remunerativas de los anteriores acuerdos.

Deberá ser pagado como “Suma no Remunerativa” y se liquidará en el recibo de cobro por separado bajo la denominación “Acuerdo Colectivo junio 2011”. Se mantendrá así hasta abril del año 2012, mes en el que tendrán carácter salarial remunerativo.

Los empleadores que otorgaron algún aumento  de carácter general, sectorial o individual  a partir del día 1º de mayo de 2010 y que hubieran sido abonados a cuenta de este acuerdo podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia.

Las empresas deberán pagar un aporte a la Obra Social de los Empleados de Comercio, OSECAC, que se le deberá retener a los trabajadores de la suma No Remunerativa de $100.-, en dos cuotas iguales de $50.- cada una, en los meses de junio y julio de 2011.

Se les pagara el plus por fallo de caja a las cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad percibirán una suma especial fija anual de $ 3.840 que se abonará en cuotas iguales de liquidación mensual. Esta suma se integrará al denominado “faltante de caja.”

Aclarando que esta obligación del pago a las cajeras/os solamente alcanza a las empresas cuya facturación anual sea mayor a la establecida por la resolución Se pymes 21/2010 para medianas empresas, cuyo monto a la fecha asciende a $ 111.900.000 (PESOS: Ciento once millones).

Agradecemos la Colaboración de Inés

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24 comentarios en “Homologación del Acuerdo Salarial 2011 de los Empleados de Comercio”

  1. Hola Graciela. Ante nada quiero agraderte por la buena información que nos brindás, estás entre mis lugares favoritos y siempre recomiendo este sitio.
    Te consulto por lo siguiente: sufrí un robo a mano armada en mi trabajo y a los pocos días fuimos nuevamente víctima de otro ilícito. DEsde ese momento comenzé a no sentirme muy bien, por lo que acudí al psicólogo, quien me deriva a un psiquiatra.
    La psiquiatra me informa que poseo un cuadro de estrés postraumático y me da 48 hs de reposo laboral.
    Ayer por la mañana fui a trabajar (por la tarde fui al médico), debería reintegrarme mañana por la mañana o por la tarde.
    Una constancia del psicólogo sirve para que me cubra las horas de la tarde?
    Aguardo tu respuesta a la brevedad.-
    Mil gracias.-

    1. laura

      Vos avisaste en tu trabajo tu problema? Si vos avisas ellos te pueden mandar médico pero por lo que entiendo vos tenes reposo del psiquitra no del psicologo? Generalmente para ir al psicologo vas en horas fuera del horario laboral, salvo algunproblema muy serio peor de todas maneras el que te da lso dias es el psiquiatra que es médico

  2. Hola
    queria saber en el F 931, su declaracion, dónde se declaran los $50 del aporte especial a la obra social.
    Gracias

  3. Buenos dias Graciela,

    Te consulto, comence a trabajar el 24 de Junio 2011 firmando contrato el mismo dia por agencia de RRHH, arreglé un importe sin saber que ese mismo dia se homologo el acuerdo.
    Me corresponde el aumento del 30%?
    Gracias.

  4. Buen dia, Yo empece a trabajar y firmé contrato por un importe el 24 de Junio del 2011, mi consulta es si me corresponde sumarle a ese importe que arreglé el acuerdo del 30% ( obviamente sin el retroactivo).
    Por favor necesito saber.
    Muchas Gracias,

  5. BUENOS DÍAS, LES CONSULTO, SOY UNA EMPLEADA QUE LIQUIDA IMPUESTOS DE AFIP Y DGR, SOY COMO UN AUXILIAR DEL CONTADOR Y TRABAJO MEDIO DÍA, SI EL AUMENTO ES DEL 30% A MÍ ME CORRESPONDE EL 15% POR TRABAJAR MEDIO DÍA?
    OTRA COSA, TENGO EN EL BONO DE SUELDO UNA SUMA NO REMUNERATIVA DE ACUERDOS ANTERIORES Q EN TOTAL ME SUMA 1.641,28 Y ME VAN INCORPORANDO DE A 47.56 POR MES, ESTO ESTÁ BIEN? NO ES EXAGERADO LO QUE TENGO DE NO REMUNERATIVO, NO HAY UN TOPE? SI TENGO DE REMUNERATIVO 1889 CON EL AUMENTO INCLUIDO? AYUDA POR FAVOR!! GRACIAS!

    1. MARIA

      No el aumento es del 30% pero de tu sueldo que es proporcional al tiempo que trabajas. No probaste bajar las planilla excel quepublico para liquidarte tu sueldo? no es dificil te paso el link de junio y aguinaldo

      http://www.econoblog.com.ar/12764/planilla-excel-liquidacion-empleados-de-comercio-mes-de-junio-de-2011-jornada-reducida/

      sólo cambias si hace falta dos o tres celdas

      http://www.econoblog.com.ar/12771/planilla-excel-para-liquidar-el-aguinaldo-sac-2011/

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