El día de ayer cerró la primera ronda de pagos de Anses del refuerzo de ingresos para trabajadores informales de $47.000. En dicho marco, el Gobierno anunció que los beneficiarios de este llamado nuevo IFE recibirán la devolución del IVA en sus compras. La medida aplicada por AFIP beneficiará a dos millones de personas que trabajan de forma no registrada.
A lo largo de todo el corriente mes está abierta la inscripción al nuevo IFE en Mi Anses. El mismo es un subsidio de $94.000 liquidado en dos cuotas.
Aquellas personas a las que se adjudicó el beneficio hasta el miércoles 4 de octubre recibieron el pago esta semana. A las que se les aprobó el subsidio con posterioridad a esa fecha y antes del lunes 9, cobrarán el martes 17.
El Ministro de Economía, Sergio Massa, dio una buena noticia a estos trabajadores informales. Además de recibir una ayuda económica obtendrán el reintegro del IVA en la canasta básica. Dicha devolución tiene un tope mensual de $18.800 por persona.
Este beneficio es aplicable cuando el consumidor paga la compra con su tarjeta de débito. Es decir, no corresponde a pagos hechos en efectivo ni con tarjeta de crédito.
Cabe señalar que solamente se reintegra el 21% de la compra de artículos de la canasta básica. AFIP publicó un comunicado aclarando que no corresponde para extracciones en efectivo de la línea de cajas.
Vigencia de la devolución del IVA
Sergio Massa recordó que la vigencia de la devolución del IVA en las compras es hasta el 30 de diciembre. Sin embargo, hay un proyecto de ley para que sea definitivo. Esta semana, la Cámara de Diputados dio media sanción a la iniciativa y la envió al Senado.
Desde la puesta en marcha de la medida, 16 millones y medio de personas recibieron el beneficio. Se aplica sobre la canasta de alimentos, medicamentos y productos de higiene y limpieza personal.
Recordemos que los ciudadanos pueden verificar si están incluidos en el padrón de beneficiarios haciendo una consulta online. La misma se tiene que hacer desde la página del Programa Compre Sin IVA. Si se cumple con los requisitos pero no se recibe el reintegro es necesario declarar el CBU de la cuenta bancaria en AFIP.