En esta oportunidad ponemos a disposición de nuestros visitantes la planilla Excel para que los mismos puedan realizar la liquidación correspondiente al mes de julio de 2011 para los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. Si bien el sindicato ya publico los básicos y sumas No Remunerativa a pagar desde junio de 2011 hasta abril de 2012, nosotros confeccionamos los cálculos tan cual lo veníamos haciendo para evitar mas confusión, ya que al momento de comparar los mismos deben coincidir o tener una pequeña diferencia por los porcentajes.
Recordamos que el último acuerdo salarial de las paritarias 2011 se firmó por un 30% no acumulativo y en tres tramos:
- 15% retroactivo Mayo de 2011.
- 8 % mes de septiembre de 2011.
- 7 % mes de diciembre de 2011.
La suba se pagará con carácter de Suma No Remunerativa debe ir en concepto separado y será incorporado a los básicos de convenio recién en marzo de 2012.
Pata poder hacer la liquidación se debe primero bajar la planilla a computadora y mirar que el ejemplo planteado corresponde en un trabajador con la Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y una jornada completa, solamente en los casos de que algunos de estos datos no coincidan con el caso a liquidar, se deberá modificar las celdas.
Es importante ver si sus datos no coinciden con los de referencia, o sea categoría o años de antigüedad no reflejan los personales, se debe cambiar sólo dos celdas y no hace falta ser experto en la materia, cualquier persona lo puede realizar, sólo hay que animarse.
Para aquellos casos en que la categoría, básico o años de antigüedad no coincidan con los a liquidar se debe, una vez bajada la planilla a la PC posesionarse en la celda y modificarlos:
- Importe básico de su categoría, en la parte inferior de dicha planilla, celda E59.
- Años de antigüedad en la empresa, celda C13.
El importe del básico a cambiar en la celda E59 se debe obtener de la planilla de básicos del sindicato FACEyS, Escalas mes de Junio de 2010. No confundirse y copiar los de Escala Salarial Junio 2011 a Abril 2012. Nada más con sólo la modificación, siempre y cuando sea necesario, de esas dos celdas ya puede usted realizar la liquidación de un Empleados de Comercio en el mes de julio de 2011.
Si necesita verificar su básico obtenido y demás sumas No Remunerativas, puede ingresar, recuerde solo para ver si realizo bien los cálculos, ya que puede llegar a tener una diferencia mínima con importes subidos por el Sindicato, puede hacer clic AQUI.
Quedamos a la espera de su comentario, duda o inquietud para saber si la planilla Excel publicada le resulta de ayuda y de fácil utilización. Así como también si desea que modifiquemos el formato y utilicemos los básicos dados por FACEyS.
Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Julio de 2011.
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Hola Graciela.
Te hago una consulta.
yo soy auxiliar especializado categoria «B». Hace unos dias me depositaron el retroactivo por el ultimo acuerdo. dice textualmente:
ACUERDO COLECTIVO 06/2011 $943,13
esto esta bien?? por que si son 2 meses de retroactivo da $471,57 cada mes.
Hola! Queria hacerle una consulta, yo ingrese a trabajar el dia 08/05 por lo que todavia estoy en periodo de prueba. El primer aumento me corresponderia? o sea el del 15? Porque no se aclara nada! Gracias!
en junio se m paso liquidar el aporte especial de osecac, como haria ahora? les descuento 100$ o podria llegar a descontarles 50 ahora y 50 en agosto? muchas gracias
diego
Depositar los tenes que haber depositado en fecha. Ahora si el empleador quiere se los descontas en dos veces y les explicas.r
Hola Graciela,
para calcular los conceptos no remunerativos se debe tener en cuenta lo liquidado en el mes de junio 2010, en mi caso que entre a trabajar este año corresponde calcular mi sueldo tomando en cuenta el sueldo basico de ese periodo o en la planilla lo reemplazo por 0 (cero).
gracias
DAvid
No vos cambias el basico y la antiguedad y la planilla te hace la liquidación
Graciela
El aporte especial de $ 50 también debe pagarse en el mes de Julio de 2011?
Saludos
Alicia
Alicia
Asó es la suma a retener era de $100.- en lso dos meses junio y julio