La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, que conduce Amado Boudou a partir de junio retoma nuevamente la incorporación de las empresas al sistema SUAF, pago directo de las Asignaciones Familiares. Las claves del sistema para los empleadores y los trabajadores son las siguientes:
En le momento todavía hay empresas que no se encuentran incorporadas al SUAF, Sistema único de Asignaciones Familiares, las cuales realizan el pago de las asignaciones familiares, ejemplo Hijos y escolaridad, luego cuando realiza el pago de las cargas sociales compensa lo pagado a sus trabajadores.
ANSeS a partir de la liquidación salarial de junio de 2009 pretende que el Sistema de Fondo Compensador, SFC, comenzando a darle paso al Sistema Único de Asignaciones Familiares,SUAF.
El SUAF permite que las empresas ya no pierdan tiempo en el pago de las cargas familiares, sino que la cancelación se gestiona a través de la ANSeS. Es decir, el monto de las asignaciones se deposita directamente en una cuenta bancaria que puede ser la “cuenta sueldo” de cada empleado.
La Resolución Nº 237/2009 ya publicada en el boletín oficial,es la que dio a conocer el nuevo esquema que deberán cumplir las empresas.
Empresas que a partir de este mes figuren como “habilitado” en la pagina Web de ANSeS pasarán al SUAF, a partir de la liquidación de los sueldos del mes de junio de 2009. Y así sucesivamente a medida que en el sistema aparezcan como “habilitado”.
Las empresas para conocer su estado deben ingresar a la pagina Web del organismo a la sección “Autopista de Servicios” luego a “Empresas Incorporadas al SUAF” .
La resolución establece claramente y como regla general, que “los empleadores incorporados al SUAF, no podrán abonar las asignaciones familiares a través del SFC desde el mes de su inclusión al mencionado sistema”.
ANSeS por medio de una anterior resolución Nº 292/2008 estableció que los empleadores ya incluidos al SUAF, deberán notificar las normas del régimen de asignaciones familiares a todos sus trabajadores, tengan o no cargas de familia, dentro de los 10 días hábiles contados desde la incorporación de las empresas al nuevo sistema.
Igualmente aquellos empleadores que ingresen al sistema cuentan con 10 días para notificar a los nuevos trabajadores ya sea que tengan o no cargas de familia.
Dicha notificación, de acuerdo con el organismo, deberá realizarse en duplicado y en forma obligatoria, anexando el formulario correspondiente al legajo del empleado.
08/05/09 Infobae
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hola quiero saber por que apartir de este mes me bajaron el salario tengo 4 hijos de los cuales cobro tres este mes cobre 408 siendo que tendria que haber sido de 540 donde estan los restantes quien se quedo co el resto?por que ami me descuentan yn mi sueldo es bajo
bibiana
Fijate el tope del salario sueldo bruto?
hola tengo una nena de cuatro años y tiene miopia elevada sugun tengo entendido que eso es una discapacidad , quisiera saber como tendo que hacer para hacer los tramites gracias
Hola, mi consulta es si los institutos de enseñanza privada estan dentro del suaf ya que mi empleador me dijo que no y que el estado no le reconoce las asignaciones familiares. Gracias
Maria
Si no esta en el SUAF el estado le reconoce las asignaciones para saber si esta o no en el suaf necesito el numero de CUIT de tu empleador
Hola Graciela, buenos días!
Tengo una consulta, con el tema de SUAF, hay 2 empresas que nos figuran ya Habilitadas, pero cuando llame al Anses para saber que hay que presentar, que formulario o DDJJ, simplemente me dijeron que no me podían informar por teléfono, vos tenes idea si hay que presentar algún formulario en particular?? o que es lo que ellos necesitan por que tengo entendido que hay que informar al personal que cobra asignaciones?
Muchas gracias!!
Lorena.
LorenaV
Busco la información y publico un articulo
Hola quiero saber x q a veces cobro $102 de asig. fliar siendo q mi sueldo jamás supera los $2100. Creo q alguien se queda con los $33 pesos restantes. Gracias
Octavio.
Se tiene en cuenta el importe bruto no el neto.