El día de hoy se promulgó la nueva Ley 27.737 en el Boletín Oficial. Debido a ello entra en vigencia la nueva normativa. No obstante, la AFIP recuerda que es requerida la registración de los contratos de alquiler para acceder a los beneficios fiscales. Los mismos se aplican tanto a locadores como locatarios.
La Ley de Alquileres sancionada la semana pasada establece beneficios fiscales. Para acceder a los mismos se tiene que registrar el contrato de locación en AFIP.
La Ley 27.737 fija las pautas sobre las cuales se tienen que redactar los nuevos contratos de alquiler. Éstos tienen que estar en moneda nacional, tener una duración de 3 años y contemplar una actualización semestral.
Además se establecen beneficios fiscales para monotributistas; y sujetos alcanzados por los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y débitos y créditos.
AFIP emitió un comunicado recordando que para acceder a estos beneficios fiscales es indispensable que el contrato esté registrado. Dicho trámite se hace desde su página oficial con la Clave Fiscal.
Beneficio para monotributistas
Aquellos monotributistas que sólo se dediquen a la locación de hasta dos bienes inmuebles están exentos del pago del monotributo.
Impuesto sobre los bienes personales
Se exime del impuesto sobre los bienes personales a los inmuebles destinados a la locación para casa-habitación. Para acceder al beneficio, el valor de los mismos tiene que ser igual o menor a $30.000.000.
Débitos y créditos bancarios
La normativa exime del impuesto los créditos y débitos en caja de ahorro o cuentas corrientes usadas exclusivamente para el cobro de alquileres destinados a casa-habitación.
Impuesto a las ganancias
Los contribuyentes podrán deducir el 10% del monto total anual de alquileres destinados a casa-habitación. Esta deducción del impuesto a las ganancias se aplica tanto para el locador como el locatario.
Registración del contrato de alquiler
La registración del contrato de alquiler en AFIP se tiene que acceder a la web del Fisco Nacional. Luego de identificarse con la Clave Fiscal y el CUIL o CUIT, se tiene que ingresar al servicio «Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE», opción «Declaración de contratos».
Es posible informar el contrato hasta los 6 meses posteriores a la fecha de finalización de los mismos.