El Presidente Electo dejó en claro que derogará la nueva Ley de Alquileres. Conforme a Javier Milei, dicha normativa perjudica a quienes pretendía proteger. Asimismo indicó que planea que los contratos de locación sean libres entre partes dando la posibilidad de elegir la moneda.
La nueva Ley de Alquileres se promulgó el 17 de octubre de 2023 con el Decreto 533/2023.
Dicha legislación propone un marco regulatorio para la celebración de contratos de alquileres. Entre otras cosas se establece que tengan un mínimo de 3 años de duración con ajustes semestrales. Además prohíbe que se celebren en moneda extranjera.
En un diálogo con Radio Mitre, Javier Milei indicó que una de las primeras medidas que planea implementar es la derogación de la Ley 27.737. Debido a ello, los locadores y locatarios tendrán la libertad de operar por la duración, las condiciones y la moneda.
Conforme al economista, esta ley sólo generó daño ya que perjudicó a aquellos que pretendía proteger.
El presidente electo afirmó que los contratos se tendrán que celebrar conforme al Código Civil y Comercial.
Inquilinos Agrupados defienden un marco regulatorio
Gervasio Muñoz, de Inquilinos Agrupados, brindó una entrevista a TV Pública. En la misma, él defendió la necesidad de un marcio regulatorio. Al hacerlo reconoció que el rol del Estado fue ineficiente desde la puesta en marcha de la ley. Por ello ningún ciudadano conoce sus beneficios.
Ley de Alquileres
En junio de 2020 se sancionó una Ley de Alquileres. Debido a las complicaciones que ésta generó se realizó una reforma que entró en vigencia el mes pasado.
De acuerdo a la normativa vigente, la duración de los contratos de locación son de tres años. Cada seis meses se actualiza el monto conforme al coeficiente Casa Propia.
La fórmula Casa Propia se calcula tomando el valor más bajo entre el promedio de la variación salarial anual y el promedio de la inflación durante el mismo período. Asimismo se incorpora un Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9.
Un punto importante es que está prohibía la publicación de alquileres en dólares. Es decir, todos deben ser publicados en moneda nacional.
Asimismo se contemplan beneficios fiscales a propietarios e inquilinos. Por ejemplo, quienes tienen ingresos exclusivos de locación de hasta dos inmuebles quedan exentos del pago del Monotributo. También se admite una deducción especial del Impuesto a las Ganancias del 10% por el valor total del contrato.