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Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio. El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner […]

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.

El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:

  1. Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
  2. Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”

Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo

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1.584 comentarios en “Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS”

  1. Hola Graciela, una consulta, el empleador coloca el importe en el 931 para que Anses pague pero tiene que entregarle algún recibo de sueldo a la empleada por esa liquidación o en esos meses tiene el recibo de Anses solamente.
    desde ya muchas gracias

  2. Graciela otra consulta que recorde, lo del pago no remunerativo depende del convenio del trabajo? puede ser que se le abona solo a los empleados de comercio?
    Yo pertenezco a Smata y Anses no me abono los aumentos no remunerativos ya que mi empleador no los declaró, supuestamente por que por convenio no corresponde.
    Gracias!!

  3. Graciela! una consulta, yo extendi 3 meses mi licencia por maternidad, corresponden que me siga pagando anses la asignacion por hijo??
    Mi empleador debe pagarme aguinaldo? Yo comence mi licencia el 29/6 al 28/9 y la extendia como te comente 3 meses mas.
    Muchas gracias!
    Aguardo respuesta
    Saludos

    1. Melisa

      Para el cobro del Salario familiar estan los topes entre $100.- y $4.800.- sino cobras nada no estas dentro del tope. El aguinaldo es proporcional al tiempo trabajado, vos volves el 28/12/2012? solo por esos 2 días es la proporción.

      Si las sumas no Remunerativas que se pagan depende de cada CCT como fue el arreglo al firmar el acuerdo

  4. Graciela, te reitero mi consulta anterior, perdón por la insistencia:
    Sabés si se puede cobrar la asignación por hijo retroactivamente? Mi hijo nació en junio, lo inscribí en el registro civil en julio, pero recién fui a Anses en setiembre a registrarlo, cuando la obra social me pidió el cuil del bebé. Anses me pagó prenatal hasta junio y empezó a pagarme la asignación por hijo en setiembre. En Anses me dijeron que se cobra desde el momento en que se acredita allí, no desde el nacimiento. Es correcto? Qué se puede hacer para reclamar esos dos meses?
    Gracias

    1. Lorena

      Cada caso se estudia en particular, no se cual fue el motivo por el cual vos no continuaste cobrando? Cobraste Nacimiento? LAs preguntas deben estar realizadas completas

  5. Gracias Graciela, muy amable! es un tema que abone Anses 2 meses despues, veremos como hacemos numeros. Te agradezco mucho tu gentileza en contestar. Te comento que el empleador dividio directamente lo que es remunerativo o no, y lo no remunerativo se lo abona directamente como siu fuera el sueldo pero solo lo no remunerativo ahora a esperar a anses. Gracias.

    1. Santiago

      Me alegro que sea así y tenes razón es todo un tema lo del pago a los 60 días mas en estos casos donde es el sueldo y muchos viven solamente de eso y no pueden pagar aveces el alquiler entre otras cosas. Lamentable!!! De nada y mucha Suerte

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