Computadora y taza con logo de AFIP

Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio. El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner […]

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.

El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:

  1. Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
  2. Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”

Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo

Seguinos

1.584 comentarios en “Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS”

    1. Yanina eso depende de como se presento la documentación, tanto vos como tu empleador, mayo se paga en julio, pero aveces en junio dan un anticipo, los primeros días del mes ingresa al sesión Fecha y Lugar de Cobro con tu CUIL

  1. Hola yo tenía licencia desde diciembre y me pagaron solo dos veces no me pagaron el marzo k puedo hacer gracias

      1. Comentario:hola yo presenté el 8/3/17 para cobrar mi licencia x maternidad, me gustaría saber cuándo y donde cobro xfavor…

      2. Ana presentaste 8/3/2017 y ya saliste de licencia? ANSES paga a los 60 días por ejemplo licencia marzo la paga en mayo, siempre y cuando entregues la documentación en tiempo y forma, se presenta el formulario antes del 6to. mes

  2. buenas tardes, entre en lic el 14 de enero, quiero saber cuando cobro lo que respecta al mes enero desde el 14 al 31 d enero. del 1ero hasta el 13 me pago mi empleador.
    estamos amitad de febrero y no me han pagado enero. cuando cobro realmente el sueldo???

    1. Mariana ANSES paga a los 60 días, pero aveces, cuando se presenta todo en tiempo y forma, al mes le pagan un anticipo

      1. Hola consulto yo salgo de licencia el 05/04/2017 hasta 05/06 quisiera saber cuando me paga mi sueldo anses?? yo presente los papeles por medio de mi empleador en noviembre y cobre todo bien lo q es prenatal

      2. Cecilia Licencia son 90 días no 60, pero ANSES paga a los 60 días o sea Abril lo paga en junio y así sucesivamente, pero si esta todo presentado en tiempo y forma, al mes da un anticipo

      3. no me han pagado nada. es una incertidumbre porq ya estamos en 9 de marzo y no he cobrado mi sueldo ni el mes de enero, ni hablar de febrero. tengo q ir a anses a reclamar?

      4. Mariana si todo fue presentado en tiempo y forma y tu empleador completo bien el formulario 931, mes de enero lo pagan marzo, y febrero en abril, por lo que, si anda y reclama conviene con turno previo

  3. Hola quisiera hacer una consulta. Mi mujer ya entro en licencia y todo lo que tiene que ver con respecto al pago esta todo cuarrecto. Mi cunsulta es que sucede con el pago de aportes jubulatorios, obra social, todo… Lo hace Ases, el empleador o nosotros debemos hacer el pago y de ser que lo pague anses o el empleador como imprimo el recibo de sueldo? muchas gracias

Los comentarios están cerrados.