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Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio. El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner […]

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.

El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:

  1. Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
  2. Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”

Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo

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1.584 comentarios en “Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS”

  1. Hola, yo quisiera saber cuando me va a pagar anses la licencia por maternidad.
    yo salgo de licencia el 19 de septiembre, y pertenezco al gremio de empleados de comercio. el sueldo ellos lo liquidan del 20 al 20 (me lo pagan el 1 de cada mes).y tambien quisiera saber si es el bruto, o sea si la anses te paga un poco mas.

  2. Hola Graciela, buenas tardes. Una consulta, soy empleada de comercio y estube de licencia por maternidad desde el 06/04 hasta el 06/07, ANSES aún no terminó de pagarme.La consulta es, ANSES estos meses no me pago la parte no remunerativa, el nuevo acuerdo de empleados de comercio dice que si se debe tener en cuenta la parte no remunerativa, esto es a partir del mes de mayo verdad? está bien si reclamo ante ANSES que los meses de mayo, junio y los 6 dias de julio me paguen la parte no remunertiva, y el mes de abril reclamarselo a mi empleador?
    Muchas Gracias. Saludos.

  3. ¿Cómo consigno una licencia por maternidad en el 931 si la empresa esta incluida en SUAFF? ¿TENGO QUE PONER IMPORTE DE SUELDO EN MATERNIDAD? O SOLO COLOCAR situaci{on de revista 5 gracias

    1. Mary

      A partir del período devengado marzo de 2009 se incluye el campo Maternidad en la pantalla de Datos Complementarios, el que complementa los registros de los campos Código de situación y Situación de Revista (pantallas Datos Generales y Datos Complementarios, respectivamente).

      En este campo, los empleadores comprendidos en el SUAF deberán indicar el importe de remuneración bruta que por todo concepto percibiría la dependiente -en uso de licencia por maternidad o maternidad Down- si hubiera cumplido sus funciones normalmente durante los días correspondientes a su licencia.

      Para períodos anteriores a marzo de 2009 se contempla el siguiente tratamiento:

      Se indicará en el campo Código de situación de la pantalla Datos Generales consignar 5 – Licencia por maternidad u 11 – Licencia por maternidad Down, el cual se debe registrar también en el campo Situación de Revista de la pantalla Datos Complementarios.

      En estos casos, el dato a consignar en el campo Cantidad de días trabajados, deberá ser el total de días por los cuales prestó servicios, más los correspondientes a la licencia.

  4. hola mi consulta es la siguiente…estoy de licencia por maternidad.y me dice mi jefe que el sueldo me lo tiene que pagar el anses.-.sali de licencia el 24-06 y todavia no cobre este mes de agosto me lo tiene que pagar el anses .como me entero cuando me lo pagan???gracias carina

    1. carina

      Supuestamente tu empleador completo el trámite en ANSES form. 2.55 y tu CBU, ademas de aclararlo en el formulario 931 que presenta. ANSES deposita en tu cuenta a los 60 dias Junio lo paga en Agosto en tu caso solo 6 dias de junio y julio lo paga en septiembre

  5. hola graciela muy bueno el blog, una pregunta: debe el anses pagarme segun el nuevo acuerdo la PARTE NO REMUNERATIVA de mi sueldo o no corresponde? y si es asi a quien tengo que reclamar por dicho monto? espero tu respuesta. gracias.

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