Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.
El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:
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Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
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Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”
Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo
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Graciela, una consulta, como puedo asegurarme que al momento de cobrar la licencia el ANSES me pague tambien las sumas no remunerativas?. La empresa debe declarar los montos de alguna manera en especial en la DJ?. En caso de no cobrarlo se puede accionar judicialmente?. Gracias
Analia
Si la empresa tiene que declarar sumas remunerativas y no remunerativas, si no te lo paga considero que si se debe accinar judicialmente
Hola:me gustaría saber como se hace en un caso como el mio , ya que mi bebé nació antes de la fecha probable de parto yo tenia fecha para el 29-09-2010 y mi bebé nació el 6-08-2010 estuve internada un mes antes de que naciera , ya que fue un embarazo de alto riesgo por lo que mi bebé es prematuro ,ya volví a trabajar,quiero saber cual es la fecha que se cuenta para la licencia , si la probable de parto o la fecha en la que nació mi bebé.Esta bien que ya volviera a trabajar?
Muchas Gracias por su ayuda.
Un abrazo.Lorena .
Hola Graciela,
Estoy de lic. desde el 10-10 y revisando las acreditaciones veo que Anses sólo paga el proporcional del sueldo bruto.
Debería pagar, en virtud del último acuerdo de comercio homologado por el Min de trabajo (acuerdo 782/2010-Gremio Comercio)las sumas NO remunerativas también?
Este acuerdo lo deja explicitado en su art. 2°:»En el caso de trabajadoras que gocen de la licencia por maternidad prevista en el art. 177º LCT y concordantes, todas las sumas no remunerativas que debieren percibir al tiempo de inicio y transcurso de tal licencia, se transformarán desde ese momento en remunerativas, a todos los efectos.»
Cómo se materializa esto? En Anses me dicen que el empleador debe declarar la suma completa (remunerativo + no remunerativo). Esto es correcto?
Es posible que esa suma no me la pague nadie?
Muchas gracias desde ya por tu ayuda.
Un cordial saludo, Silvia.
Silvia
Es por ese motivo entre tantos otros que los expedientes judiciales no dan más, te deberían pagar tu sueldo remunerativo y no remunerativo y no como hacen ellos un promedio de los últimos tres meses y encima toman lo remunerativo, ya que seguramente tu empleador lo declaro ya que tuvo que pagar sobre el no remunerativo los aportes de la obra social
graciela:
me pagarian mi sueldo neto como me lo paga la empresa, osea yo cobro 2500 neto eso me paga anses tambien?
jesica g
Te debería pagar tu sueldo bruto, pero ANSES paga sacando un promedio de los últimnos tres meses y en mucha oportunidades solo toma el sueldo remunerativo, cuando debería tomar el total, remunerativo y no remunerativo
Hola buenos dias, te queria hacer una consulta yo hice mi tramite de licencia por maternidad en el mes de agosto, mi licencia comenzo el 17 de octubre hasta el 14 de enero, cuando cobraria mi sueldo? y el aguinaldo me lo depositan tambien? espero una pronta respuesta gracias. jesica.
jesica g
Asignación octubre se cobra en diciembre, aguinaldo te lopaga la empresa proporcional al tiempo trabajado, sobre la asignaciónpor maternidad no se cobra aguinaldo, ya que es un salario familiar