El día de ayer, el Gobierno de Javier Milei presentó cambios a la Ley Ómnibus. Entre otras cosas incluye una reforma en lo que se refiere al Impuesto sobre los Bienes Personales. Las modificaciones incluyen una actualización del mínimo no imponible y las alícuotas. Además contemplan un beneficio para contribuyentes cumplidores.
El impuesto sobre los bienes personales se creó en 1991 como un tributo temporal. Originalmente se pensó para que tenga vigencia por nueve años. Sin embargo fue prorrogado por cada Gobierno.
Este mes, la AFIP publicó las nuevas escalas de bienes personales considerando la Ley 27.667.
Actualización al mínimo no imponible de bienes personales
El proyecto de ley que se analizará en el Congreso Nacional contempla un aumento del mínimo no imponible de bienes personales a $100.000.000. No obstante se eleva a $350.000.000 para el inmueble casa-habitación.
Previamente a la reforma presentada ayer, los valores se encontraban en $27.377.408,28 y $136.887.041,42, respectivamente.
Cambios en las alícuotas
El Gobierno propone diferencial las escalas de las alícuotas del tributo para bienes en el país y los que están en el exterior.
Antes de los cambios se contemplaba una reducción gradual de las alícuotas de 2023 a 2027 para llegar al 0,5%. Sin embargo ahora se propone que sean del 0,5 al 1,5% en 2023; del 1,25% para 2024, 2025 y 2026; y del 0,25% a partir de 2027.
Beneficio para contribuyentes cumplidores
Se propone otorgar un beneficio a los contribuyentes cumplidores. El mismo se trata de reducir la alícuota al 0,25% para los períodos 2024, 2025 y 2026.
Su otorgamiento será para quienes cumplieron con la presentación de su Declaración Jurada en tiempo y forma entre 2020 y 2022. Para acceder al beneficio será necesario que el sujeto no se haya adherido al blanqueo y tenga canceladas las obligaciones al 30 de noviembre.