La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) publicó la nueva escala salarial estimativa del servicio doméstico para febrero de 2024. Dicha planilla es el resultado de la aplicación de un 20% de aumento acordado en las paritarias del sector. Hasta el momento, los sueldos básicos no fueron oficializados.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares cerró las negociaciones paritarias la semana pasada.
Conforme al acuerdo se aplicará un 20% desde febrero sobre los salarios de diciembre. Además, desde marzo se aplicará un 15% de incremento sorbe los valores vigentes en febrero.
Esta es la primera vez que se acordaron aumentos acumulativos en la historia del paritarias del servicio doméstico. Por ello fue una medida muy bien recibida por parte del personal del sector.
Hasta el momento no se publicó la nueva escala salarial de empleados domésticos en el Boletín Oficial. Sin embargo, la página de Upacp publicó una planilla estimativa.
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares volverá a reunirse el 7 de abril para analizar una nueva actualización
Escala salarial del servicio doméstico
Dichos valores son estimativos. Es decir, se tiene que esperar a que sean publicados los definitivos en el Boletín Oficial.
Inscripción de empleados domésticos
La ley vigente establece que todos los empleados domésticos deben estar debidamente registrados. Sus empleadores deben inscribirlos en el portal de AFIP con su CUIL o CUIT y Clave Fiscal.
Gracias al empleo registrado, el personal tiene la cobertura médica de una obra social y aportes previsionales. Además se cuenta con el 55% de descuento de la Tarifa Social Federal en la Tarjeta SUBE.
Los empleadores de trabajadores de casas particulares pueden aplicar deducciones de ganancias. Asimismo tienen la cobertura de una ART ante un eventual accidente.
Recordemos que los trabajadores del servicio doméstico tienen derecho al cobro de la AUH y Asignación por Embarazo. También reciben la Tarjeta Alimentar si tienen hijos de hasta 14 años de edad, inclusive, o con discapacidad.
Hola cuanto me corresponde ami yo trabajo de lunes a viernes 8 hs x dia cuanto me corresponde mensual soy niñera y tambien ago la limpieza de la casa
Natalia Sueldo mínimo $ 231860.- y de corresponder se le suma la antigüedad, que se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año.
Esta tabla estimativa, sobre que cantidad de horas semanales se saca promedio..mensual..yo trabajo 5 horas diarias de lunes a viernes; es decir 25 hs.semanales cual seria mi sueldo con los descuentos correspondientes ?Mi categoria auxiliar de casas particulares tareas generales.
Patricia Sueldo mínimo Febrero $208510.- y desde marzo $239786.- dividido 48 y multiplicado por cantidad de horas que se trabajes semanalmente, tu caso 25. La antigüedad se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año.
A ese importe se le descuenta el monto de la obra social (actual $6457.26) ART y jubilación la paga el empleador
Hola mi nombre es silvia quisiera que me conviene mas que me paguen por hora o mensual , gracias
Silvia Depende de las horas que trabajes por semana
Buenas noches trabajo 15 hs semanales de lunes a sábado y en mi recibo dice categoría de prestación:Personal para tareas generales cuanto seria mi sueldo ,me paga 85 mil gracias disculpa x las molestias bendiciones soy de bahía blanca gracias
Marcela Debe pagarte mes de Febrero $1700.- y desde marzo $1958.- cada hora y a eso lo multiplicas por la cantidad de horas que trabajes al mes y de corresponder se le suma la antigüedad
Hola buenas noches mi nombre es Natalia trabajo 4 horas diarias de lunes a sábado me pagan mensual cuanto tendría que estar cobrando y los aumentos me los tienen que dar completos o la mitad por el hecho de que trabajo solo 4 horas diarias
Natalia No decis tareas, pero ueldo mínimo Febrero $208510.- y desde marzo $239786.- dividido 48 y multiplicado por cantidad de horas que se trabajes semanalmente, en tu caso podes hacerlo mas simple ya que trabajas justo la mitad de la jornada Sueldo /2. La antigüedad se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año. Sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se suman dobles.