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Nuevo Aplicativo SIFERE del Convenio Multilateral

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, COMARB, estableció un nuevo aplicativo del “Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral – Si.Fe.Re”, reléase de la versión 2.0.2 del software domiciliario  para cumplir con la presentación de declaraciones juradas, liquidación o pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Con este nuevo aplicativo cuyo uso es opcional, se permite prescindir de utilizar los disquetes para las presentaciones bancarias efectuadas para el pago del gravamen, intereses y multas. Fue lanzado el nuevo aplicativo para presentar y pagar los ingresos brutos del Convenio Multilateral denominado SIFERE, versión 2.0.2. El nuevo software permite a los contribuyentes prescindir del uso de disquetes en las presentaciones bancarias efectuadas para abonar el gravamen, intereses y multas, pero se mantiene la […]

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, COMARB, estableció un nuevo aplicativo del “Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral – Si.Fe.Re”, reléase de la versión 2.0.2 del software domiciliario  para cumplir con la presentación de declaraciones juradas, liquidación o pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Con este nuevo aplicativo cuyo uso es opcional, se permite prescindir de utilizar los disquetes para las presentaciones bancarias efectuadas para el pago del gravamen, intereses y multas.

Fue lanzado el nuevo aplicativo para presentar y pagar los ingresos brutos del Convenio Multilateral denominado SIFERE, versión 2.0.2.

El nuevo software permite a los contribuyentes prescindir del uso de disquetes en las presentaciones bancarias efectuadas para abonar el gravamen, intereses y multas, pero se mantiene la forma de pago actualmente vigente, tanto la con disquetes o de manera electrónica.

A partir del 1º de septiembre de 2011 el uso del nuevo aplicativo será opcional y estará disponible para su descarga en la página web de la Comisión Arbitral, apartado Sistemas, en el link SIFERE, para descargarlo haga clic AQUI.

Para realizar el pago sin el disquete se deberá emitir un “Volante de Pago” por cada jurisdicción, el cual estará identificado con el número de formulario que se indica a continuación, según sea el caso:

  • Formulario 5859: Sólo Pago.
  • Formulario 5860: Volante de Pago de Intereses.
  • Formulario 5861: Volante de Pago de Multas.

El pago debe efectuarse ante las entidades recaudadoras habilitadas.

La resolución Nº 5/2011 aprueba la posibilidad de que este gravamen, intereses y multas sean pagadas en las entidades habilitadas con el disquete o mediante los Volantes Electrónicos de Pago, VEP.

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