La Unión Personal de Casas Particulares (Upacp) emitió un comunicado dirigido a los empleadores del sector. El sindicato del personal doméstico recordó que es obligatorio cumplir con el acuerdo salarial. Por ello, quienes no aplicaron los aumentos deben hacer un pago retroactivo.
El 21 de febrero de 2024 se reunió la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares (Cntcp). Como resultado del encuentro se firmó un acta contemplado un 35% de aumento.
La actualización salarial se acordó en dos tramos. Por ello, los sueldos del personal doméstico se ajustaron en un 20% en febrero sobre los básicos vigentes en diciembre. Además, en marzo se incrementaron los salarios en marzo sobre las escalas salariales de febrero.
El acuerdo de empleados domésticos aún no fue homologado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Por esta razón, muchos empleadores no están pagando las remuneraciones con aumento.
Debido a esta situación, el gremio recordó que los empleadores tienen que cumplir con lo pactado. Esto es porque las subas acordadas están avaladas en los Artículos 62 y 67 inciso C de la Ley 26.844. También recalcó que la falta de cumplimiento podría producir inconvenientes legales. Por ello, quienes no ajustaron los salarios tienen que hacer un pago retroactivo.
Ante la falta de homologación, el sindicato hizo una estimación de las nuevas escalas salariales vigentes del personal doméstico.
Monto del pago retroactivo al personal doméstico
Aquellos empleadores que no cumplieron con el pago del aumento acordado deben liquidar el retroactivo considerando las subas de febrero y marzo.
A modo de ejemplo, Upacp indicó que el aumento por hora de trabajo para el personal doméstico de la quinta categoría fue de $283,50 en febrero y de $538,50 en marzo. Por ello, el total es a pagar es de $59.184 por 18 horas semanales.
En el caso de la cuarta categoría, la suba fue de $306 en febrero y $581 en marzo. Con lo cual, el retroactivo por ambos meses es de $63.864 para quienes trabajan 18 horas a la semana.
Buenas tardes yo trabajo cama adentro ingreso el sábado a las 8:00hs y me retiro el lunes a las 8:00hs. Cuánto debería ser mi sueldo. ?
Melina La legislación nada dice al respecto, solamente que las horas de sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se pagan al 100%, por lo deberían hablar entre las partes y llegar a un acuerdo del sueldo, podría ser: Mínimo $ 266639.50 y agregar un extra por las horas al 100%. De corresponder sumar el % por antigüedad, que se considera desde septiembre 2020, en adelante.
Buen día consulta yo estoy trabajando con un señor mayor d 85 años por 3 día d feriado me paga 150 mil peso lunes martes y miércoles q era del día d la empleada Doméstica está bien eso
Yo trabajo d lunes a sábado 4h cuánto debo cobrar soy mensual
Monica No decis tareas, pero Sueldo mínimo Febrero $208510.- y desde marzo $239786.- dividido 48 y multiplicado por cantidad de horas que se trabajes semanalmente, en tu caso es mas simple sueldo divido 2, por trabajar media jornada. La antigüedad se considera desde septiembre 2020 en adelante, sumando el 1% más, por cada año.
Hola cuánto sería mí sueldo por 20 horas semanales.y donde tengo q ir para q la empleadora pague el ART..
Delia Vos no tenes que ir a ningún lado, tu empleador te registra en la pagina de AFIP y el contrata la ART y la paga
No decis tareas, pero mínimo $1958.- cada hora multiplicado por la cantidad de horas trabajadas en el mes yd e corresponder le sumas la antigüedad
Hola no entiendo lo de59.184 x 18hs semanales yo trabajo 4 hrs x semana en una y en otra trabajo 10 horas al mes
Elena en ambos lugares deben pagarte a razón de Febrero $1700.-, marzo y abril $1958.- cada hora multiplicado por la cantidad e horas que trabajes