El Gobierno elaboró la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevante. Dicho proyecto contempla ocho importantes medidas. Una de ellas consiste en hacer cambios al Impuesto sobre los Bienes Personales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Las propuestas incluyen una suba del mínimo no imponible y una reducción a las alícuotas.
La iniciativa propone crear el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). El mismo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027.
REIBP estará integrado por las personas humanas y sucesiones indivisas residentes fiscales en el país al 31 de diciembre de 2023. las personas humanas que no sean consideradas residentes fiscales a dicha fecha pero lo hayan sido previamente a la misma podrán adherirse al régimen.
Los sujetos inscriptos en el mismo podrán adelantar voluntariamente el pago de 5 años en una cuota con una alícuota del 0,45% por año. Posteriormente tendrán que pagar 0,25% del excedente hasta 2028. La tasa será del 0,5% para los que ingresen bienes al blanqueo.
Aumento al mínimo no imponible
En caso de sancionarse la medida, el mínimo no imponible de bienes personales aumentará de $11.000.000 a $100.000.000. Además, la deducción por vivienda única familiar se incrementará de $56.000 a $350.0000. Como resultado de estas medidas se reducirá notablemente el número de contribuyentes alcanzados por el tributo.
Los valores mencionados en el anterior párrafo se actualizarán anualmente por la inflación informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Baja a alícuotas
El proyecto de ley contempla una baja progresiva a las alícuotas de bienes personales. De esta form ase irá eliminando la discriminación por los bienes situados en el exterior.
Los contribuyentes que cumplieron con sus obligaciones entre 2020 y 2022 y no se adhieran al blanqueo gozarán de una reducción del 0,25% en la alícuota por 5 años.
Prórroga para la repatriación
El mes pasado, el Poder Ejecutivo Nacional aplicó una prórroga para la repatriación de bienes personales hasta el 30 de abril de 2024. Cada año, la fecha de vencimiento de dicho trámite es el 31 de marzo. Dicha medida se aplicó mediante la publicación del Decreto 281/2024 en el Boletín Oficial.