ANSeS quiere incorporar a todas las empresas en el Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, es el sistema creado por el organismo que consiste que que las Asignaciones Familiares, sean liquidadas y pagadas directamente por el Estado a los trabajadores. Las modalidades de incorporación están establecidas por la Resolución D:E:-N Nº 292/2008 desde el día 1º de abril de 2008.
Las empresas que se inscriban en la AFIP como empleadores a partir del 1º de diciembre de 2005 quedan automáticamente dentro del Sistema, SUAF, pago directo de las Asignaciones Familiares.
Las empresas que presenten una solicitud de Reintegro por las Asignaciones Familiares abonadas a sus trabajadores, quedan dentro del Sistema, SUAF, pago directo de las Asignaciones Familiares a partir del mes siguiente al pedido de solicitud, debiendo acompañar junto con el pedido de reintegro, todas las solicitudes de reintegro que tengan pendiente de pago a la fecha de la presentación. La solicitud d reintegro si correspondiese que quedará pendiente de pago, del mes de la presentación, contara con un plazo de un año para su caducidad, contado desde el mes de incorporación al Sistema SUAF.
La empresa podrá solicitar su incorporación al Sistema SUAF, en forma voluntaria, debiendo presentar una nota, ante una Unidad de Atención Integral, UDAI, de ANSeS, donde conste:
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CUIT
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Razón Social
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Domicilio Fiscal
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Domicilio/s de Explotación
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Cantidad de trabajadores (con y sin cargas de familia).
Debiendo ANSeS notificar la aceptación o rechazo de la solicitud.
ANSeS podrá determinar la Empresa que se deba incorporar al Sistema SUAF mediante un dictado de una Resolución de la Dirección Ejecutiva, las empresas deberán ingresar a la pagina de ANSeS, Autopista de Servicios, Servicios Corporativos, empresas Incorporadas al SUAF, colocar el CUIT de la Empresa y el logotipo dispuesto por ANSeS, y de surgir con estado “HABILITADO” eso es suficiente para darse por notificada acerca de su incorporación al SUAF.
Es obligación de las empresas ingresar periódicamente y ver el estado en que se encuentra, ya que desde el momento que ANSeS la incorpore deberá cumplir con las obligaciones establecidas por ANSeS , y presentar ante ANSeS la documentación.
Obligaciones de las empresas al momento de ser incorporadas al SUAF:
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Notificar a todos sus trabajadores, dentro de los diez (10) días hábiles de su incorporación al SUAF, las nuevas normas del Régimen de Asignaciones Familiares –Ver Formulario PS.2.61 – “Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares”
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Al ingreso de un nuevo trabajador, también debe notificarlo del nuevo Régimen de Asignaciones Familiares dentro de los diez (10) días hábiles de su ingreso.
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La notificación debe realizarse en duplicado, entregando un ejemplar al trabajador y anexando el otro ejemplar en el legajo del mismo obrante en la empresa, y debe ser exhibida ante esta ANSeS cada vez que la misma lo requiera.
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Incorporar a través del Programa de Simplificación Registral de la AFIP, toda la información relacionada con los datos del trabajador y sus vínculos familiares. Además de mantener actualizado los datos.
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Presentar ante ANSeS el medio de pago elegido por sus trabajadores tengan o no cargas de familia:
Boca de Pago (cobro por ventanilla): Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s, CUIL, Provincia, Localidad o Código Postal del lugar de cobro elegido. –Ver Bocas de Pago vigentes.
Cuenta Bancaria propia o Cuenta sueldo: Nota con carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s y Número de CUIL, adjuntando Constancia emitida por el Banco o Copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI, Apellido/s y Nombre/s y Número de CBU correspondiente.
Formularios
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PS.2.51 – DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual – SUAF
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PS.2.53 – DDJJ Renuncia – Revocación de Renuncia al cobro de Asignaciones Familiares – SUAF
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PS.2.55 – DDJJ Novedades Unificadas – SUAF
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PS.2.57 – Nota de Reclamo – SUAF
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mi pregunta es:soy un trabajador en relacion de dependencia y tengo un hijo discapasitado si supero los 4.800 pesos en el devengado me corresponde igual cobrar la asignacion familiar?
alberto
Tope sueldo $4.800
Hola.
Queria saber hasta cuando el administrador puede pagar las asignaciones familiares.
Muchas gracias.
Buenas tardes: quisiera saber hasta cuando el empleador puede pagar directamente las asignaciones.
Muchas gracias.
Nadia
Hasta que ANSES lo incorpore al SUAF
HOLA. MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE… MI MARIDO TRABAJO DESDE DICIEMBRE 2008 A FEBRERO 2010. MI HIJO NACIO EN MAYO DE 2009 PERO NO HIZO LOS TRAMITES PARA COBRAR EL SALARIO POR SISTEMA SUAF. TODAVIA LO PUEDE HACER? PORQUE YO LO HICE EN MARZO PERO POR SISTEMA UIVERSAL Y DICE Q NO PUEDO COBRARLO PORUE EL PAPA TRABAJA EN RELACION DE DEPENDENCIA. QUE PUEDO HACER?
SI PUDIERAS ACLARAR MIS DUDAS TE AGRADECERIA.
ELIANA
Si tu esposo lo puede hacer tiene dos años para cobrar por nacimiento. Vos tenes que comprobar que tu esposo no trabaja
tramite la unificacion de cuiles,desde diciembre que no cobro el salario familiar.llamo al anses y la repuesta es que demora de 90a 120 dias.una cosa tan simple que esta interconectado,me da una impotencia ya que los que no trabajan cobran el salario cosa que no debe ser.