La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) recordó obligaciones de los empleadores del sector. El sindicato recalcó que ellos deben brindar ropa y alimentos a sus empleados domésticos. Así lo establece la normativa que regula el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
El Artículo 14 de la Ley 26.844 establece los derechos y deberes de los empleados domésticos. Los mismos se aplican tanto al personal con y sin retiro.
Upacp recordó que entre los mismos obligan a que el empleador haga la entrega de ropa y elementos de trabajo. Es decir, su remuneración no incluye los artículos que requiera para llevar adelante su labor.
Asimismo, el trabajador de casas particulares tiene que recibir alimentos por parte de su empleador. Los mismos son para el desayuno, almuerzo, merienda y cena, lo cual dependerá de la modalidad de contratación y duración de la jornada. Dicha alimentación debe ser sana, suficiente y que asegure una perfecta nutrición.
El sindicato del servicio doméstico recalcó que estas obligaciones se pactan previamente al comienzo de la relación laboral. Las mismas tienen que quedar por escrito con firmas de ambas partes.
Descansos para empleados domésticos
Los empleados domésticos también tienen derecho a descansos conforme a la ley vigente. Debido a ello tienen que acceder a un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13:00 horas.
Además, la jornada de trabajo no puede superar las 8 horas diarias o 48 horas semanales. Las partes pueden establecer una distribución semanal desigual de las horas de trabajo siempre y cuando la jornada ordinaria no supere las 9 horas.
Alta del personal de casas particulares
Los empleadores deben registrar su personal de casas particulares en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El lata debe darse usando la Clave Fiscal.
La formalidad de la relación laboral permite que el trabajador tenga la cobertura de una obra social y aportes jubilatorios.
Hola buenas tardes, yo trabajo cuidando una abuela los días sábados a partir de las 13hs hasta el lunes a las 8 de la mañana,me pagan $150 al mes. Me parece que es poco ya que esos días las horas son dobles?
Alguien que me oriente? Gracias
Marcela Alejandra Te paga re poco, si bien la legislación nada dice al respecto, solamente que las horas de sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se pagan al 100%, por lo deberían hablar entre las partes y llegar a un acuerdo del sueldo, podría ser: Mínimo marzo $ 266639.50 y desde abril $295969.85 y agregar un extra por las horas al 100%. De corresponder sumar el % por antigüedad, que se considera desde septiembre 2020, en adelante.
Si porque los sindicato no se ponen de acuerdo con el aumento todo aumenta xq no los sueldo esto es una sinver güenzada la verdad no valoran el trabajo
Buen día yo cuido una Sra mayor yo sé que hubo un aumento en febrero del 35,%el 20%se abona en febrero y el resto en marzo es así o no mí patrona dice que no hubo aumento
Adriana Si hubo aumento pero aunque el sindicato dice que hay que pagarlo no fue homologado por Trabajo y los empleadores, no lo pagan
Buenas es retroactivo,el aumento de febrero y Marzo,x que según me explicaron,una vez pasado los 30 días de ser homologado ya se considera como legal,pregunto x que ami tb.me pasa lo mismo no consideran el aumento x que no figura en la AFIP!! gracias!!
Buenos días si hubo aumento 35% para pagar en 2 veces uno en marzo 20 % yen abril 15% todo aumento que sale por cadena nacional o Google es real y si te tienen que pagar es su responsabilidad y estas en tu derecho de reclamar
Buenos días.como puedo saber porque no me figura mí aporte en Anses
Silvia Pedi recibos de cobro y pregunta a tu empleador si realizo los aportes
Debe entrar a mis aportes y ahí sale el listado de aportes. Por mi Argentina podés consultar
Hola buenas tardes yo le pido a lo del sindicato que pide afip que publique enceguida el boletin oficial porque lo empleadores o lo contadores no quiere pagar sin que salga el boletin oficial desde ya muchas gracias
Buenas tardes mi nombre es Simona, yo trabajo como empleada de hogar, estoy 24-24 horas, tengo un día de descanso, día que no descanso como tiene que ser porque los hijos no se quedan con mí jefe y me lo cargan a mi,no descanso un día entero,
Simona Hablar con tu empleador y que respete tus descansos