El Gobierno de Javier Milei sigue adelante con la desregulación de la economía. En dicho marco se eliminó la obligatoriedad de que las empresas emisoras de tarjetas de crédito envíen el resumen impreso. Por esta razón, los clientes no podrán oponerse a recibir el mismo únicamente en formato digital.
Mediante el Decreto 361/2024, las autoridades establecieron que no deberá mediar oposición del usuario cuando la remisión del resumen fuera realizada en forma electrónica.
Además se estableció que la entidad financiera podrá comunicar el contenido del mismo por teléfono o correo electrónico ante la falta de su recepción.
Para fundamentar estos cambios, el Gobierno se basa en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. De acuerdo a dicha normativa es necesario reconstruir la economía mediante la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales. También indica que esta medida desregula y simplifica el mercado de las tarjetas de crédito mediante el uso de la tecnología.
Cambios a las tarjetas de crédito del DNU 70/2023
El DNU 70/2023 aplicó diversos cambios en las tarjetas de crédito. Como resultado de los mismos se permite que sean emitidas sin un titular explícito.
Asimismo se hacen modificaciones para la empresas emisoras. Por ejemplo cambia la forma de redacción del contrato, se eliminan sanciones y se deroga la obligatoriedad de enviar informes mensuales al regulador.
Por otra parte, se habilita a informar cualquier incumplimiento, por mínimo que sea, al Veraz. De esta forma, toda la industria financiera tendrá conocimiento del mismo de forma inmediata.
El decreto amplía la cantidad de empresas que pueden emitir tarjetas de crédito. Previamente solamente podían hacerlo entidades financieras, comerciales o bancarias.
Comercios no pueden agarrar las tarjetas
La Secretaría de Comercio estableció que los comerciantes ya no pueden agarrar las tarjetas de crédito y/o débito de sus clientes. Tampoco pueden manipular su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Esta medida tiene como objetivo brindar mayor seguridad a los consumidores y evitar posibles estafas.
La Resolución 87/2024 otorga un plazo de 180 días desde su publicación para que los comercios se adecuen a la nueva normativa. En este tiempo, el comerciante deberá adquirir una terminal inalámbrica.