Los monotributistas tienen derecho al cobro del SUAF como los empleados en relación de dependencia. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) actualizó las asignaciones familiares este mes por la Ley de Movilidad. El monto a cobrar varía conforme a la categoría del Régimen general para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
Este es el último mes en el cual Anses aplica la Ley de Movilidad del anterior Gobierno. Desde julio se harán subas mensuales considerando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Anses confirmó los nuevos montos del SUAF en la Resolución 189/2024. El Anexo VI de dicha normativa incluye los montos para monotributistas.
En el caso de trabajadores en relación de dependencia, el monto está sujeto al salario. No obstante, para los pequeños contribuyentes se considera su categoría en el Monotributo.
Estos beneficiarios cobran un menor número de asignaciones respecto a los empleados. Ellos únicamente cobran por hijo, prenatal y ayuda escolar anual. Los de las categorías I, J y K perciben prestaciones solamente por sus hijos con discapacidad.
Registración de datos en Anses
Es indispensable que los contribuyentes inscriptos en el monotributo mantengan al día su información personal en Anses. Se puede verificar la misma en la página del organismo previsional usando la Clave de la Seguridad Social.
En caso de tener que registrar a un hijo se debe presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada integrante de la familia y las partidas de nacimiento de los menores.
SUAF por embargo
El organismo paga las asignaciones familiares al progenitor que cuenta con un trabajo formal. Sin embargo, aquel que se encuentra a cargo de los menores puede solicitar el denominado SUAF por Embargo. Este trámite se lleva a cabo en las oficinas de Anses presentando el Formulario Madres.