La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales para el período fiscal 2023. El organismo indicó que la Declaración Jurada (DDJJ) y el pago vencerá en el mes de agosto de 2024.
Esta prórroga para ganancias y bienes personales es el resultado de una gestión llevada adelante por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Ares.
La medida se aplica a espera de la sanción de la Ley Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Su oficialización se hizo con la publicación de la Resolución General 5516/2024.
El proyecto de ley debatido propone modificar los impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales desde el período fiscal 2023. La medida recibió media sanción el 29 de abril pasado por parte de la Cámara de Diputados. Sin embargo no entrará en vigencia hasta que sea sancionada por los Senadores.
AFIP informó que habilitará los aplicativos de ganancias correspondientes apenas se sancione la nueva ley. No obstante, previamente llevará adelante un proceso de pruebas de los mismos.
Vencimiento para personas humanas y sucesiones indivisas
- 26 de agosto de 2024: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 27 de agosto de 2024: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 28 de agosto de 2024: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
AFIP también aplicó una prórroga en el vencimiento de ganancias y bienes personales para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME. En ese caso, la oficialización se hizo con la Resolución General 5515/2024.
El nuevo cronograma de vencimientos para las PiPyMes es el siguiente:
- 12 de agosto de 2024: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
- 13 de agosto de 2024: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
- 14 de agosto de 2024: CUIT terminados en 7, 8 y 9.
Cabe señalar que la prórroga para ganancias y bienes personales lleva la firma de la titular de AFIP, Florencia Lucila Misrahi.