La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) liquida la asignación por hijo al progenitor que tiene un empleo formal. No obstante, las madres pueden cambiar la titularidad del SUAF si el padre la percibe. De esta forma, el organismo previsional garantiza que el menor reciba dicha asistencia.
Anses considera la situación laboral del grupo familiar para liquidar asignaciones familiares. Los que tienen un trabajo registrado perciben SUAF y los que no cobran asignación universal por hijo (AUH).
No obstante, no siempre es el titular de la asignación quien tiene a su cargo al menor o hijo con discapacidad. El Decreto 614/2023 asegura que el pago siempre se haga al que tiene al beneficiario a su cargo.
El cambio de titularidad se hace usando el llamado Formulario de Madres (Formulario PS 2.73) de Anses. Dicho documento recibe comúnmente ese nombre porque son las mamás las que lo usando por lo general. Sin embargo también puede ser usado por los padres.
Después de entregar el formulario, Anses tarda entre 60 y 90 días en procesar la solicitud. Una vez completado el proceso, se realiza el pago correspondiente al subsidio SUAF por Embargo.
Situaciones en las cuales se hace un cambio de titularidad
- Los progenitores están separados y uno de ellos tiene un trabajo registrado. Es decir, es empleado en relación de dependencia o monotributista.
- Se desconoce el paradero del otro progenitor.
- A pesar de convivir en el mismo domicilio, el padre o la madre decide cambiar la titularidad del SUAF.
El SUAF por embargo no exime del pago de la cuota alimentaria
Los progenitores son responsables de la alimentación de sus hijos. Por ello, en caso de separación, se acuerda el pago de una cuota alimentaria. Su monto lo determina un juez conforme a los ingresos de los progenitores.
El cobro del SUAF por embargo no reemplaza el cobro de la cuota alimentaria. Por ello, este pago de Anses es complementario.