La Unión Personal de Casas Particulares (Upacp) hizo una publicación sobre el pago del feriado del 9 de julio. El sindicato del servicio doméstico recordó que los trabajadores del sector tienen derecho a ese día de descanso. Asimismo indicó cómo debe ser liquidado por los empleadores.
Este mes sólo hay un feriado nacional, el del martes 9 de julio por el Día de la Independencia.
Upacp recordó que los empleados del servicio doméstico gozan de un descanso los feriados. Es decir, tienen el mismo derecho que los trabajadores en relación de dependencia de otros sectores. Así lo establecen los artículos 1 y 2 de la Ley 26.844.
En esa fecha, ellos perciben su salario normal sin asistir a su puesto de trabajo. Sin embargo, si acuerdan prestar servicios en esa fecha con su empleador deben ser recompensados con el doble de su remuneración habitual.
La Ley 27.339 indica que los feriados nacionales se aplican en toda la República Argentina. Además, la Ley 26.844 indica que los empleados del servicio doméstico tienen los mismos derechos que el resto.
Los días feriados no solamente se aplican a los mensualizados. También a los que trabajan por hora.
Empleados del servicio doméstico a la espera de paritarias
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) se comprometió a discutir negociaciones paritarias en junio. No obstante no se celebró el encuentro. Aún no se confirmó cuándo se producirá el mismo.
Por esta razón, siguen vigentes los sueldos básicos del servicio doméstico vigentes en marzo pasado. Los mismos se oficializaron con la Resolución 3/2024.
Se aplica un 1% adicional por antigüedad por cada año trabajado desde septiembre de 2020.
En la zona sur del país se paga un plus por zona desfavorable del 30%. Este beneficio es para quienes trabajan en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y en el partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.