Entregando llaves de una casa en alquiler

AFIP habilitó deducción de alquiler casa habitación en ganancias

La AFIP modificó las deducciones en el Impuesto alas Ganancias permitiendo a locadores y locatarios deducir el alquiler de casa habitación.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicó cambios en las deducciones del Impuesto a las Ganancias. Por ello, los locadores y locatarios de inmuebles destinados a casa habitación pueden deducir hasta un 10% del monto total del alquiler. Además se prorrogó el plazo para presentar la Declaración Jurada (DDJJ) Informativa.

AFIP incluyó la deducción del alquiler de la casa habitación de ganancias en la Resolución General 5521/2024.

La nueva deducción del 10% de inmuebles destinados a casa habitación se suma a otras ya existentes. Por ejemplo al 40% otorgado a locadores con un tope equivalente al mínimo no imponible.

Para acceder al beneficio se tienen que informar los alquileres correspondientes al período fiscal 2023 con el Formulario 572. Esto se realiza con el servicio denominado Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) de la web de AFIP. Es necesario respaldar la operación con una factura o un documento equivalente y presentar una copia del contrato de locación en un archivo PDF.

De esta forma se impulsa el incentivo impositivo para la locación de inmuebles otorgado por la Ley 27.737.

La nueva deducción entró en vigencia el 18 de octubre de 2023. Se aplica para el ejercicio fiscal 2023 y los siguientes.

Informar deducciones en el impuesto a las ganancias

  • Identificarse en la página de la AFIP con CUIL o CUIT y Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio Siradig – Trabajador.
  • Seleccionar el período fiscal 2023 en el menú desplegable.
  • Indicar las cargas familiares (hijos menores de edad y/o cónyuge) y gastos (servicios médicos, alquiler de vivienda permanente, intereses de créditos hipotecarios, sueldos de empleados domésticos y seguros de vida).

Prórroga a DDJJ informativa

AFIP prorrogó el vencimiento de las DDJJ informativas de ganancias hasta el 30 de septiembre de 2023. De esta forma, los contribuyentes tienen más tiempo para cumplir con su obligación.

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