Mochila de Anses para titulares de ayuda escolar

Ayuda escolar aumentará a $107.922 en agosto para SUAF y AUH

La Anses aumentará la ayuda escolar anual a $107.922 en agosto. Esta asignación es para estudiantes cubiertos por el SUAF y la AUH.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aplicará un nuevo ajuste por movilidad en agosto de 2024. Como resultado del mismo, la ayuda escolar anual aumentará a $107.922. Dicha asignación familiar se liquida a titulares del SUAF y de la Asignación Universal por Hijo (AUH) con hijos escolarizados.

Anses ajusta los montos de las asignaciones familiares conforme al último Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec) indicó que el IPC de junio fue del 4,6%. De esta forma se confirmó que ese será el incremento que recibirán las asignaciones en agosto.

La ayuda escolar es de $103.176 este mes como lo estableció Anses en la Resolución 327/2024. Con el incremento, su nuevo valor será de $107.922.

El nuevo monto será para aquellos que aún no cobraron el beneficio. Es decir, los que lo percibieron no recibirán un ajuste.

La ayuda escolar es un pago anual realizado a estudiantes de 45 días a 17 años cubiertos por la AUH o el SUAF. También se aplica a hijos con discapacidad sin límite de edad. Su finalidad es dar un acompañamiento económico a las familias para afrontar los gastos que demanda el inicio del ciclo electivo.

Anses hace su pago automático en marzo a quienes acreditaron la regularidad escolar durante el año anterior. No obstante, los que no cobran en ese mes lo perciben a los 60 días de presentar el Certificado de Escolaridad.

La ayuda escolar requiere una certificación anual

Anses requiere que se cumpla con una certificación anual para el cobro de la ayuda escolar. Es decir, que se acredite que el menor o hijo con discapacidad es un alumno regular en una institución educativa.

Los titulares del SUAF hacen el trámite presentando el Certificado Escolar. En cambio, los de la AUH lo efectúan con el Formulario Libreta.

La fecha de vencimiento de este trámite es el 31 de diciembre de cada año. Vencido el plazo se pierde el derecho a reclamar su cobro.