La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó las nuevas escalas del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Las mismas son el resultado de la entrada en vigencia de la Ley 27.743. Además, el Fisco Nacional publicó cuánto pagarán los monotributistas desde agosto de 2024.
El Paquete Fiscal acompañó a la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Los monotributistas se beneficiaron con su sanción ya que elevaron los topes de facturación del Monotributo. De este modo, una gran número de pequeños contribuyentes pueden encuadrarse en una categoría menor. Además, varios trabajadores independientes podrán regresar al régimen simplificado.
Otro cambio que sufrió el monotributo fue la suba al precio máximo unitario de venta. El mismo se ubicará en $385.000 desde el 1° de agosto.
Asimismo, AFIP actualizó los valores de las cuotas pagadas mensualmente por monotributistas. Los mismos dependen de si se trata de locación de servicios o venta de cosas muebles.
Cuota para locación de servicios
Venta de cosas muebles
Recategorización de monotributistas
AFIP prorrogó la primera recategorización del año para monotributistas con la Resolución General 5523/2024. Por ello, el vencimiento del trámite se movió del 22 de julio al 2 de agosto.
La recategorización permite que cada sujeto se encuadre en la categoría que le corresponde. Es necesario considerar los ingresos brutos, la superficie afectada a la actividad y los alquileres devengados de los últimos 12 meses para determinar la nueva categoría.
Este trámite se realiza desde la página de AFIP usando el CUIT y la Clave Fiscal. Sin embargo, si se tiene que mantener en la misma categoría no se tiene que llevar adelante ninguna gestión.
El Gobierno buscó eliminar el monotributo social. No obstante, la Cámara de Senadores votó en contra de esa medida por lo cual no se modificó dicho régimen.