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Empleados de Comercio acordó aumento del 23%

Las cámaras y el sindicato   para empleados de comercio  (conducido por Armando Cavalieri) el día 12 de junio firmaron un aumento del 23%, que será homologado en los próximos días por el Ministerio de Trabajo. El acuerdo prevé que el incremento del 23% será cobrado en cuotas, la primera con la salario de junio, no serán cobrados como remunerativos durante 10 meses (de los 14 meses que existirá este convenio) no incluirá el plus de antigüedad y recibirán una asignación especial en el mes de diciembre. Según Cavalieri el aumento significa un incremento del 12% desde junio, 6% desde agosto y del 5% desde noviembre, no es remunerativo con excepción del aporte a la obra social OSECAC. El acuerdo fue […]

Las cámaras y el sindicato   para empleados de comercio  (conducido por Armando Cavalieri) el día 12 de junio firmaron un aumento del 23%, que será homologado en los próximos días por el Ministerio de Trabajo.

El acuerdo prevé que el incremento del 23% será cobrado en cuotas, la primera con la salario de junio, no serán cobrados como remunerativos durante 10 meses (de los 14 meses que existirá este convenio) no incluirá el plus de antigüedad y recibirán una asignación especial en el mes de diciembre.

Según Cavalieri el aumento significa un incremento del 12% desde junio, 6% desde agosto y del 5% desde noviembre, no es remunerativo con excepción del aporte a la obra social OSECAC.

El acuerdo fue firmado para evitar medidas de fuerza que se realizarán a partir del día jueves «paro nacional de brazos caídos» con concurrencia a los lugares de trabajo.

Anteriormente los directivos habían ofrecido un incremento del 16.5% y en cuatros cuotas mensuales, cosa que fue rechazada por el sindicato.

Clarín        13/06/2007

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354 comentarios en “Empleados de Comercio acordó aumento del 23%”

  1. GRACIELA: DESDE YA AGRADEZCO TU ASESORAMIENTO, EL PRESUNTO ACCIDENTE FUE UN DOMINGO EN SU CASA, ME MANDA CARTA DOCUMENTO DICIENDO QUE EL CERTIFICADO MEDICO SE ENCUENTRA A MI DISPOSICION- LAS C.D. QUE YO ENVIO, NO LAS RECIBE, PESE A QUE LA DIRECCION ES CORRECTA- EL TENOR DE LAS MISMAS ES: PRESENTE CERTIFICADO MEDICO Y LOS HABERES ESTARAN A SU DISPOSICION –

  2. Hola Jorge:

    Accidente laboral? o accidente personal?
    Si es accidente personal o sea no ocurrido en el trabajo, ni accidente camino al trabajo, vos tenes la obligación si te avisa que esta enfermo de enviarle medico a domicilio para verificar si lo que dice es verdad, o si se puede tarsladar tenes que citarlo a la clinica paga por vos para comprobar y justificar su enfermedad.

    Que pusiste en la carta documento que mandaste? como te comunicas con él?
    te pregunto esto para ver si puedo orientarte los pasos a seguir.
    gracias

  3. BUENOS DIAS, SOY EMPLEADOR Y TENGO UN EMPLEADO QUE HACE 2 MESES DICE HABER SUFRIDO UN ACCIDENTE Y NO PRESENTA CERTIFICADOS MEDICOS, YA SE LO REQUERI EN 3 OPORTUNIDADES POR CARTA DOCUMENTO . PUEDO NEGAR A PAGAR SU SUELDO SI NO LO PRESENTA?

  4. Hola Lucrecia:

    No esta homologado pero el acuerdo firmado el 8 de abril ante el ministerio en su articulo OCTAVO dice que se tiene que pagar igual.

    gracias

  5. hola graciela: ya esta homologado para cobrar en el recibo de abril? y el acuerdo pasa todo directamente al basico y por eso modifica el presentismo?

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