Madre conteniendo a su hijo

La cuota alimentaria se puede reclamar a la pareja del padre

Ante la imposibilidad de demostrar ingresos formales del padre, es posible reclamar el pago de la cuota alimentaria a su pareja.

Los menores de 18 años de edad e hijos con discapacidad tienen derecho a recibir contención alimentaria por parte de sus progenitores. El gran problema es que no siempre se cumple. Debido a las consultas que recibe sobre el tema, una reconocida tiktoker indicó que se puede reclamar la cuota alimentaria a la pareja del padre.

Cuando los padres se separan, el que convive con los hijos percibe una cuota alimentaria. Su monto puede ser acordado de común acuerdo o por un juez.

El cumplimiento de esta obligación debe ser reclamado vía judicial. De hecho, el Ministerio Público Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires brinda un servicio gratuito para que los jóvenes de 13 a 17 años lleven adelante la acción judicial por cuenta propia.

Un gran inconveniente es que no siempre se pueden demostrar los ingresos del demandado. Tal es así que el Juzgado de Morón suspendió la cuenta de un tiktoker hasta que cumpla con su obligación.

La Doctora Majo Miguelez responde consultas judiciales por TikTok. Muchas de ellas son referidas a la cuota alimentaria.

En uno de sus videos, la abogada indicó qué hacer si el padre no tiene ingresos demostrables. El reclamo se puede dirigir a los abuelos y, en su defecto, a los tíos.

Otra persona a la cual se puede reclamar conforme a la letrada es al progenitor afín. Es decir, a la concubina o la cónyuge del padre.

SUAF no reemplaza a la cuota alimentaria

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) paga la asignación por hijo al progenitor que tiene al menor a su cargo. Se cobra por el SUAF si uno de los padres tiene un empleo registrado o la asignación universal por hijo (AUH) si no es así.

Este pago del organismo a cargo de Mariano de los Heros no reemplaza a la cuota alimentaria.

Recordemos que cuando el pago de la asignación se hace a quien no tiene a su cargo al menor se debe presentar el Formulario Madres en Anses. El cambio en el pago demora de 60 a 90 días.

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