Los trabajadores en relación de dependencia tienen derecho al cobro de la asignación por matrimonio. Esta es una de las prestaciones de pago único que se liquidan por única vez si no se superan los topes del SUAF. La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) confirmó que el beneficio subirá a $70.699 por movilidad.
Todos los montos del SUAF se ajustan por movilidad conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El siguiente ajuste será del 4,58%. Es decir, la inflación registrada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) para junio.
La asignación por matrimonio subirá a $70.699 como indica la Resolución 389/2024. Su monto es el mismo en toda la República Argentina a diferencia de lo que ocurre con otras prestaciones.
Su pago corresponde a empleados, personal por temporada, titulares del fondo de desempleo y veteranos de Malvinas. Para cobrarlo en agosto, ninguno de los cónyuges podrá tener un ingreso individual mayor a $1.660.759. Además, el grupo familiar deberá contar con un ingreso menor a $3.321.518.
La solicitud de su cobro tiene que realizarse dentro de los 2 meses y 2 años del matrimonio en la oficina más cerca o por el portal del organismo previsional. Es necesario presentar la partida o acta de matrimonio junto con el Documento Nacional de Identidad (DNI) de los dos cónyuges.
Requisitos de la asignación por matrimonio
- Tener cargado el vínculo en Anses.
- Hacer el pedido dentro de los 2 meses y 2 años de celebrada la boda.
- Registrar una antigüedad laboral mayor y continua a 6 meses.
- Contar con ingresos que no superen los topes vigentes del SUAF.
El trámite puede hacerse en la delegación más cercana con turno. También está disponible la gestión a distancia desde Mi Anses usando el servicio Atención Virtual.