A partir del año pasado la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, se encuentra implementando un sistema de actualización de información para identificar a los contribuyentes en los padrones del organismo recaudador, denominado Registración de Datos Biométricos , que incluirá copia del Documento Nacional de Identidad, DNI, firma y foto, todo en formato digital. Esta medida comprende a todos los Monotributistas y Autónomos y más adelante incluirá a los empleados en relación de dependencia.
La AFIP obliga a todos los que tienen Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, como autónomos, monotributistas, directores o representantes legales de las empresas. La idea es de que más adelante también abarcará a los que tiene la Clave de Identificación Laboral, CUIL, empleados en relación de dependencia.
¿Quienes están obligados a realizar la Registración de los Datos Biométricos?
La deberán realizar:
- Personas Físicas que actúen para sí o como apoderados o representantes legales de personas físicas o jurídicas que soliciten inscripción en la AFIP o bien que soliciten el CUIT, posterior al 26/05/2010.
- Contribuyentes que fueron incorporados al Registro Tributario después del 26/05/2010.
- Contribuyentes que soliciten que se le tomen los Datos Biométricos voluntariamente.
- Contribuyentes que se hayan inscripto con posterioridad al 26/05/2010 y soliciten el blanqueo de su “Clave Fiscal”.
- Contribuyentes que modifiquen algún datos relacionado con su Identidad o dato biométrico ya registrado.
De acuerdo a la Resolución General Nº 3.163/2011 de la AFIP, se estableció que los productores de granos y los operadores relacionados con la compra-venta de granos y legumbres secas están obligados a realizar la Registración de los Datos Biométricos desde el día 26 de agosto de 2011. Teniendo un plazo de sesenta (60) días corridos desde esa fecha.
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