La justicia a sentado jurisprudencia al permitirle a una persona a suprimir el apellido paterno de su nombre. El hecho tuvo lugar en la provincia de Neuquén donde un individuo decidió llevar adelante acciones legales para desvincularse de su progenitor. Además, pudo reemplazarlo por el apellido de la madre, con quien sí mantiene un vínculo afectivo. La familia había vivido situaciones de violencia de género.
Desde hace año ya es posible añadir al nombre el apellido materno en caso de no haber sido puesto al nacer. Poro hasta el momento era difícil quitarse el apellido materno.
En el caso particular la demanda tuvo lugar porque la persona no tenía ningún vínculo afectivo con su padre. Además, se había vivido situaciones violentas con la madre, y nunca cumplió con la cuota alimentaria.
Caso de Cipolletti, Neuquén
En mayo de 2024 tuvo resolución favorable de la demanda para suprimir el apellido del padre. Sus progenitores tuvieron una relación de convivencia de 6 años. Durante este período hubo muchas idas y vueltas, existiendo situaciones de violencia de género.
Por la violencia física y emocional, debió mudarse con su madre a La Rioja en 2014, y a pesar de que en 2019 agregó el apellido materno a su madre, no se sentía cómodo teniendo el apellido paterno en el DNI.
En la demanda se especifica que no hay ninguna vinculación afectiva con su padre, y que ninguna de las partes tiene interés en mejorar la relación. Tras la separación de su madre prácticamente no hay comunicación y nunca hubo una asistencia financiera.
Por tal motivo, decidió iniciar un proceso judicial para quitarse el apellido paterno. Finalmente la justicia permitió la supresión del apellido paterno y conservar en su lugar el materno.
Desde la justicia considera que esta supresión forma parte del derecho a la identidad, de la misma manera que lo es el cambio de sexo en el documento nacional de identidad.