El Gobierno Nacional aplicó una nueva prórroga a la recategorización en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio una semana más para que los monotributistas cumplan con el trámite. Por esta razón, el vencimiento pasó del 2 al 9 de agosto de 2024.
AFIP prorrogó la recategorización en el monotributo con la Resolución General 5534/2024.
Los pequeños contribuyentes tienen tiempo de hacer su primera recategorización del año hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive. Además, se podrá pagar la cuota hasta el 28 de agosto de 2024, inclusive.
Al momento de realizar el trámite, el sujeto debe considerar sus ingresos brutos en los últimos doce meses. Además tiene que tener en cuenta la energía eléctrica, la superficie afectada a la actividad y los alquileres devengados.
La nueva categoría tendrá vigencia desde el 1° de agosto de 2024 hasta el 31 de enero de 2025.
Nuevas categorías del monotributo
La Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes hizo cambios a monotributo. El más significativo es un aumento en los topes de facturación en las categorías. Además se elevó el precio de venta unitario a $385.000.
A la hora de hacer la recategorización es necesario considerar las nuevas categorías del monotributo.
Este cambio en el monotributo permitirá que pequeños contribuyentes se encuadren en una categoría menor. Asimismo habilitará la reincorporación de aquellos que fueron excluidos del régimen simplificado por superar los topes de facturación.
El Paquete Fiscal habilita la reincorporación sin esperar los 3 años calendarios para monotributistas excluidos del 1° de enero al 31 de julio de 2024, ambas fechas inclusive. En caso de optar por este beneficio, el sujeto no podrá solicitar el recupero de las sumas pagadas anteriormente bajo ningún mecanismo.