La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar telegramas laborales. Por esta razón, los trabajadores y las asociaciones sindicales no tienen que notificar las intimaciones enviadas a empleadores. Como resultado de esta medida se simplifican los trámites y se agilizan los procesos.
AFIP eliminó la obligación de informar telegramas o cartas documento enviados a empleadores con la Resolución General 5560/2024.
Tras la publicación, el servicio «Telegramas laborales» ya no permitirá adjuntar archivos. Hasta el momento, era usado para enviar copias digitales de las comunicaciones laborales enmarcadas en el Artículo 1° de la Ley 24.013. No obstante, la sección seguirá disponible para que los usuarios accedan a los archivos previamente registrados.
AFIP recordó que la Ley 27.742 (Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos) adoptó medidas tendientes a mejorar y simplificar los trámites. Por esta razón se decidió dejar sin efecto la normativa que reglamentaba este procedimiento.
Cabe señalar que seguirá disponible el servicio «Telegramas laborales» para que empleadores carguen las notificaciones a sus dependientes.
Recordemos que el organismo viene eliminando la obligación de suministrar documentación similar. Por ejemplo, lo hizo con los contratos de alquileres; el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles; Certificado de Transferencia de Automotores (CETA); y el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA), entre otros.
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