El Ministerio de Capital Humano oficializó los cambios en el Monotributo Social. La medida fue anunciada por el organismo dirigido por Sandra Petovello días atrás por las redes sociales. Los monotributistas sociales tienen tiempo de confirmar sus datos hasta fin de mes en la página de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Capital Humano oficializó las modificaciones en el Monotributo Social con la Resolución 630/2024.
Pago del 50% de la obra social
Hasta el momento, los titulares de los programas Acompañamiento Social, Volver al Trabajo y Microcréditos tenían subsidiado el pago del Monotributo Social. No obstante, el Gobierno de Javier Milei decidió quitar el subsidio.
Por esta razón, los monotributistas sociales beneficiarios de planes sociales tendrán que empezar a pagar el 50% de la cuota del Monotributo Social. El pago tendrá que ser hecho por el titular y por cada adherente.
Actualmente, el monto de la cuota del Monotributo Social es de $6900. El mismo se actualizará con cada incremento en el componente de la obra social del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Reempadronamiento en el Monotributo Social
Capital Humano estableció un reempadronamiento obligatorio y gratuito. El trámite debe ser hecho por sujetos inscriptos en el régimen que perciben un programa social. La fecha límite para hacerlo es el 30 de septiembre de 2024.
Se dará de baja del régimen quienes no cumplan en tiempo y forma. De este modo, ya no podrán facturar por su actividad y no tendrán la cobertura de una obra social.
La gestión se hace entrando en Mi Anses con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social. Dentro del portal se tiene que pulsar en «Programas y beneficios», «Reempadronamiento Monotributo Social» y «Nueva solicitud».
En el formulario se tienen que elegir las opciones «Reempadronamiento Monotributo Social» y «Continuar en Monotributo Social». Se debe indicar que se desea mantener en el régimen.
Capital Humano verificará el cumplimiento de la facturación mínima. Es decir, que los titulares emitan, al menos, seis facturas por semestre.
Recordemos que es obligatorio inscribirse en el impuesto a los ingresos brutos. Algunas jurisdicciones tienen a estos trabajadores exentos, en cuyo caso hay que requerir la exención correspondiente.