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Volver al Trabajo no es compatible con Becas Progresar

La Secretaría de Trabajo aclaró que el Programa Volver al Trabajo no es compatible con el cobro de Becas Progresar.

El Ministerio de Capital Humano tiene abierta la inscripción a Becas Progresar. No obstante, los beneficiarios del Programa Volver al Trabajo deben tener en cuenta que están excluidos del plan. Esto se debe a que el ex Potenciar Trabajo no es compatible con el cobro de una prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación.

Los requisitos de Volver al Trabajo se establecieron con la Resolución 84/2024.

Volver al Trabajo es compatible con el empleo formal. En ese caso, los ingresos no pueden superar tres veces el salario mínimo, vital y móvil (SMVM).

Sin embargo, es incompatible con el cobro de un subsidio o una prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Recordemos que Volver al Trabajo está conformado por ex titulares de Potenciar Trabajo de hasta 49 años de edad. También pueden pasar a dicho plan quienes forman parte del Programa de Acompañamiento Social.

Otras incompatibilidades de Volver al Trabajo

Capital Humano estableció que no pueden cobrar Volver al Trabajo quienes estén prófugos de la justicia penal y/o correccional. Tampoco las personas que tienen contratado personal en relación de dependencia.

Asimismo, es incompatible con el cobro de haberes previsionales contributivos o no contributivos; la prestación por desempleo; o un sueldo bajo relación de dependencia mayor a tres veces el SMVM vigente.

El beneficiario de Volver al Trabajo no puede tener más de una propiedad inmueble a su nombre. Tampoco ser titular de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves con una antigüedad menor a 10 años.

Asimismo, es incompatible con la inscripción en el Régimen General (autónomos) o una categoría mayor a la A del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo).

Por otro lado, el cobro es incompatible con quienes viajen al extranjero por un tiempo suficiente que impida el cumplimiento de la contraprestación o a un destino considerado oneroso.

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