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Aportes jubilatorios voluntarios, fallo contra ANSeS

Un fallo judicial de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley de reforma previsional que dispuso que los aportes voluntarios hechos por quienes estaban afiliados al sistema de capitalización «podrán ser transferidos a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, » para mejorar la prestación jubilatoria futura del trabajador. El organismo deberá depositar en una cuenta judicial los aportes jubilatorios voluntarios realizados por el señor Gabriel Mayor, hasta que la justicia decida que se debe hacer, con dichos fondos. A la ves que rechazo el pedido del abogado de la devolución de los aportes jubilatorios obligatorios, por lo que este, apelara esa sentencia.  Hasta el momento  hay al menos dos juzgados que fallan a favor de […]

Un fallo judicial de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley de reforma previsional que dispuso que los aportes voluntarios hechos por quienes estaban afiliados al sistema de capitalización «podrán ser transferidos a la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, » para mejorar la prestación jubilatoria futura del trabajador.

El organismo deberá depositar en una cuenta judicial los aportes jubilatorios voluntarios realizados por el señor Gabriel Mayor, hasta que la justicia decida que se debe hacer, con dichos fondos. A la ves que rechazo el pedido del abogado de la devolución de los aportes jubilatorios obligatorios, por lo que este, apelara esa sentencia.  Hasta el momento  hay al menos dos juzgados que fallan a favor de quienes reclaman por la totalidad de los ahorros, más allá de si provienen de aportes obligatorios o voluntarios.

La jueza Adriana Lucas fundamento el fallo, ya que  la norma «cercena el derecho a disponer libremente de su propiedad a quienes han efectuado aportes mayores a aquellos a los que todos se encuentran obligados». Haciendo referencia a que el Poder Ejecutivo demora demasiado en dictar una reglamentación que aclare qué ocurrirá con esos recursos.

La Ley Nº 26.425, en su articulo 6to. establece que debe dictarse una norma para aclarar cuál será el destino de los fondos originados en aportes voluntarios, realizados por los propios trabajadores,  y en aportes convenidos, que son los que surgían de acuerdos entre el empleado y su empresa, por lo general con contribuciones de ambas partes y a manera de un plan para mejorar la jubilación futura.

El Gobierno, hace un año hizo que los trabajadores pudieran elegir libremente donde dejar sus aportes, si quedaban en las AFJP o pasaban a Reparto, para luego, en el mes de noviembre,  con una  reforma  eliminar el sistema de capitalización. En Reparto no existen más las cuentas individuales a nombre de cada aportarte.

En la Ley se dice que los trabajadores, deberán elegir donde quedaran sus aportes voluntarios, si en el Estado o en alguna AFJP, que este disponga, para mejorar su jubilación futura. A fines de abril, con todo el tiempo que lleva implementado el nuevo esquema, no fue reglamentado nada referido a los aportes voluntarios de los trabajadores, entonces la jueza Lucas,  habla de la «incertidumbre» provocada a los aportantes. Aunque, más allá de eso, considera que la ley «no puede condicionar la libre disposición de los fondos por parte del beneficiario».

La justicia, comenzó en el mes de febrero, a  dictar medidas cautelares ordenando a la ANSeS que debía realizar un deposito en una cuenta bancaria judicial, el dinero proveniente de aportes no obligatorios. Medida que fue apelada por la  ANSeS, cosa que según explicó  el abogado Carlos Facal, por mas que apele  no deja sin efecto la obligación de la ANSeS de realizar  el depósito del dinero ordenado.

Amado Boudou, director ejecutivo del organismo, siempre que fue consultado sobre el tema, respondía que  los aportes voluntarios serían devueltos a quienes los hicieron, aún cuando eso no está explícitamente previsto en la ley.

Que la demora en la devolución, se debía que faltaba disponer el tratamiento a utilizar sobre esos montos respecto del impuesto a las Ganancias. Debido a que en su momento esos aportes voluntarios o convenidos fueron descontados del impuesto.

desde el día martes y hasta el viernes de la próxima semana, se encuentran suspendidos los inicios de nuevos juicios en el fuero de la seguridad social. La Corte Suprema de Justicia lo dispuso así, ya que el fuero previsional sufre un colapso, debido a la creciente de litigios iniciados por jubilados y pensionados contra la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS. Solamente entre los meses de febrero y abril de este año, en los 10 juzgados de primera instancia, se sortearon 27.095 causas, un 70% más que en igual período de 2008. Y todavía quedan 13.000 demandas que no fueron asignadas. La mayoría de reclamos se debe a los reajustes de haberes de los últimos años.

18/05/2009 La Nación

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8 comentarios en “Aportes jubilatorios voluntarios, fallo contra ANSeS”

  1. Hola buenos dias, les escribo porque estoy necesitando un Fallo contra el ANSES sobre retencin y/o suspension de haber jubilatorio, la señora es clienta y cuando fue al banco le dijieron eso. Lo nesecito porque estoy armando la demanda y quisiera tener con que defenderme, desde ya muchas gracias

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