Empleado de comercio en supermercado

Empleados de Comercio Acuerdo Salarial, homologado

El acuerdo salarial para los empleados de comercio  fue homologado por Resolución Nº 570/2009, solo resta la publicación en el Boletín Oficial, para que este sea considerado por los empleadores. El mismo prorroga las sumas No Remunerativas del acuerdo de abril/2008 y otorga otra suma, también No Remunerativa de $300.- desde abril de 2009 y hasta el día 31 de diciembre de 2009. Algunos párrafo sobresalientes del acuerdo salarial Abril 2009 Resolución Nº 570/2009: Trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT,  los Empleados de Comercio Nº 130/75 serán beneficiados con este acuerdo salarial a partir de los sueldos del mes de abril de 2009. Resolución 510/2008 Acuerdo No Remunerativo continúan en el mismo carácter hasta 31 de diciembre de […]

El acuerdo salarial para los empleados de comercio  fue homologado por Resolución Nº 570/2009, solo resta la publicación en el Boletín Oficial, para que este sea considerado por los empleadores. El mismo prorroga las sumas No Remunerativas del acuerdo de abril/2008 y otorga otra suma, también No Remunerativa de $300.- desde abril de 2009 y hasta el día 31 de diciembre de 2009.

Algunos párrafo sobresalientes del acuerdo salarial Abril 2009 Resolución Nº 570/2009:

  • Trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT,  los Empleados de Comercio Nº 130/75 serán beneficiados con este acuerdo salarial a partir de los sueldos del mes de abril de 2009.
  • Resolución 510/2008 Acuerdo No Remunerativo continúan en el mismo carácter hasta 31 de diciembre de 2009, pasando a ser remunerativos a partir de 1º de enero de 2010.
  • Se abonara una suma No Remunerativa equivalente al 50% de la suma resultante de la Resolución 510/2008, juntamente con las liquidaciones de los meses de junio y diciembre de 2009.
  • Las sumas No Remunerativas estarán sujetas a los aportes y contribuciones para la Obra Social de los Empelados de Comercio, OSECAC,  el aporte del trabajador al sindicato del 2% y el 0.5% para FAECYS.
  • Pagar bajo la denominación de «Acuerdo Colectivo abril 2009» una Suma No Remunerativa de $300.- por mes para los trabajadores de jornada completa o proporcional para aquellos que trabajen jornada reducida. Debiendo aplicarse el presentismo para dicha suma.
  • Se abonara una suma No Remunerativa equivalente al 25%  juntamente con el sueldo del mes de junio de 2009 y del 50% con el sueldo del mes de diciembre de 2009, sobre los $300.- .
  • El importe de $300.-, compensará hasta su concurrencia los incrementos otorgados por los empleadores a partir del 1º de enero de 2009.
  • La suma No Remunerativa estará sujeta a los aportes y contribuciones para la Obra Social de los Empelados de Comercio, OSECAC,  el aporte del trabajador al sindicato del 2% y el 0.5% para FAECYS.
  • Se deberá descontar por única vez a todos los trabajadores beneficiados por este acuerdo, la suma de $30.- para la Obra Social OSECAC. Dicha suma será debitada por el sector empleador del primer monto de suma fija a percibir por los trabajadores por el mes de abril de 2009 y depositada a la orden de OSECAC. dicha suma se debe ingresar por medio del programa de la AFIP, SICOSS, en la pestaña «Obra Social y LRT» en la celda «Aporte adicional de OS»
  • Esta importe mantendrá el carácter de No Remunerativo hasta el día 31 de enero de 2010, en que pasará a formar parte de su remuneración habitual.
  • El empleador podrá disponer, si desea que sea incorporada a la remuneración con fecha anterior a la aquí publicada.
  • Se dispone de cinco días para que se acompañen las escalas salariales de los meses enero 2010 y febrero 2010.

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76 comentarios en “Empleados de Comercio Acuerdo Salarial, homologado”

  1. Graciela, gracias por tu respuesta. Ahora, yo trabajo 6 horas (con 3 años de antiguedad) de lunes a viernes y tengo otra obra social. Me podes pasar como quedaria el recibo?

    1. eugenia

      Para contestar necesito pregunta completa con todos los datos, por la cantidad de respuestas y comentarios me3 es imposible mirar comentarios anteriores, de empleados de comerciotengo una planilla excel jornada reducida no porbaste de bajarla y liquidarte tu sueldo?

      http://www.econoblog.com.ar/3522/planilla-excel-liquidacion-sueldos-empleados-de-comercio-septiembre-jornada-reducida-con-contribuciones-patronales/

      tengo otras panilla publicadas cuando hay algun cambio de liquidación vuelvo a publicar otra

  2. Graciela, buenas tardes. Vos decis en el articulo que «Las sumas No Remunerativas estarán sujetas a los aportes y contribuciones para la Obra Social de los Empelados de Comercio, OSECAC, el aporte del trabajador al sindicato del 2% y el 0.5% para FAECYS.
    En el caso mio que no tengo Osecac, se toman en cuenta esas sumas no remunerativas para aportes y contribuciones???
    Gracias,

  3. HOLA . SOY DE USHUAIA . TRABAJO EN UN COMERCIO 6 HS. Y QUERIA SABER SI EL 80 % DE ZONA ME CORRESPONDE, TAMBIEN SABER LOS SABADOS A LA TARDE TRABAJADOS, SON HORAS EXTRAS ? SI NO ES MUCHA MOLESTIA SABER EL MONTO QUE ME CORRESPONDE COBRAR Y LOS DESCUESTOS QUE DEBEN REALIZAERME.

  4. queria saber si el presentismo sobre los no remunertativos es sobre los 300$ del acuerdo colectivo de abril 2009 o sobre todas las sumas no remunerativas? porque a mi solo me pagan 25$ y veo en todos los modelos de sueldo que van 56,65$ como presentismo no remunerativo.

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