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ANSES debe Devolver los Aportes Voluntarios realizados a una AFJP

En un falló reciente de la Sala II de la Cámara Federal se le ordenó al Estado devolver los aportes Voluntarios realizados a la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, AFJP, Consolidar, por Arnaldo Sesarego, afiliado de la misma, los cuales habían sido traspasados al sistema de reparto con la estatización del sistema jubilatorio privado. . Ya que consideró que: «los fondos no son públicos» sino del aportante, por lo que «el Estado no puede disponer de ellos». La Cámara Federal ordenó que se devuelvan los aportes voluntarios a un afiliado de una AFJP. Según información de fuentes oficiales, la Justicia hizo lugar  al pedido de Arnaldo Sesarego, afiliado a Consolidar AFJP, para que luego de dos fallos a […]

En un falló reciente de la Sala II de la Cámara Federal se le ordenó al Estado devolver los aportes Voluntarios realizados a la Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, AFJP, Consolidar, por Arnaldo Sesarego, afiliado de la misma, los cuales habían sido traspasados al sistema de reparto con la estatización del sistema jubilatorio privado. . Ya que consideró que: «los fondos no son públicos» sino del aportante, por lo que «el Estado no puede disponer de ellos».

La Cámara Federal ordenó que se devuelvan los aportes voluntarios a un afiliado de una AFJP.

Según información de fuentes oficiales, la Justicia hizo lugar  al pedido de Arnaldo Sesarego, afiliado a Consolidar AFJP, para que luego de dos fallos a favor de la devolución de los aportes, se inicie un expediente para la ejecución del pago correspondiente.

Federico Bossi Ballester, abogado del afiliado, le dijo a Diarios y noticias, DyN, que: «La resolución es un paso adelante para que se permita ejecutar esta sentencia ya que hay gente que viene reclamando desde 2008, cuando se estatizaron los aportes de las AFJP, el reconocimiento de sus derechos».

Nora Dorado, Emilio Fernández y Luis Herrero, son los tres jueces que dictaron el fallo señalando que:  «la Corte Suprema ha fallado que se deberá dar cumplimiento a la sentencia por las diferencias correspondientes, solución que contempla la urgencia de los jubilados y pensionados en lograr un incremento inmediato de sus haberes y el pago sustancial de la retroactividad».

Ya anteriormente en el mes de marzo pasado, la Cámara luego de confirmar un fallo de primera instancia, había ordenado que sean devueltos los aportes voluntarios al considerar que no son públicos sino «una prolongación del patrimonio del aportante» y que «el Estado no puede disponer de ellos» porque fueron previstos «para una cuenta especial, personal, independiente y propia del aportante».

Si bien el aportante comenzó reclamando que se le devuelvan los aportes obligatorios, la justicia rechazo su planteo debido a considerar que sobre ellos «no existe un derecho de propiedad y disposición» ya que se utilizan para el financiamiento del sistema previsional.

El fallo fue apelado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, a la Corte Suprema de Justicia, la Cámara dispuso que el afiliado preste juramento de que si el máximo tribunal falla en su contra devolverá los aportes que cobró.

Actualmente, la causa pasó a la jueza de primera instancia de la Seguridad Social Adriana Lucas para que inicie la ejecución del cobro.

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