Jubilada contenta en oficina de Anses

Declararon inconstitucional la movilidad de Alberto Fernández y ordenan reajuste de haberes

La Corte Federal de Mendoza declaró inconstitucional la Ley de Movilidad de Alberto Fernández y ordenó el reajuste de haberes a jubilados.

En un fallo histórico, la Cámara Federal de Mendoza ha declarado inconstitucional la ley de movilidad sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández. La sentencia ordena a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recalcular los haberes previsionales de un jubilado tomando como base de comparación el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Fundamentación de la decisión judicial

La decisión fue tomada por los jueces Gustavo Castiñeira de Dios, Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci, quienes señalaron que la fórmula de movilidad de la ley 27.609 falló en la práctica debido a diversos factores tanto internos como externos. Dicha normativa tuvo vigencia desde enero de 2021 hasta marzo de 2024.

El fallo señala que la fórmula de ajuste, basada en recaudación y salarios, no compensó adecuadamente la inflación en períodos críticos. Los jueces mencionan que la crisis económica, políticas públicas e inflación afectaron la capacidad de la ley para proteger el poder adquisitivo jubilatorio.

Impacto en el poder adquisitivo de los jubilados

El fallo detalla las pérdidas que experimentaron los jubilados en relación con la inflación:

  • 2021: Los haberes aumentaron un 52,67% mientras que la inflación fue de 50,79%, lo que implicó una leve ganancia del 0,82% en términos reales.
  • 2022: El incremento de los haberes fue del 72,45%, mientras que la inflación alcanzó el 94,75%, lo que se tradujo en una pérdida del 11,6%.
  • 2023: Las jubilaciones subieron un 110,95%, mientras que el costo de vida se disparó un 211,4%, resultando en una caída real del 33,5%.
  • Diciembre 2023 a marzo 2024: El aumento de los haberes fue del 27,18% frente a una inflación del 51,62%, reflejando una pérdida del 16,1%.

En total, el fallo indica que la pérdida acumulada en el poder adquisitivo de los jubilados durante la vigencia de la Ley 27.609 alcanzó el 50,3%. Por ello, se ordenó a Anses ajustar los haberes de un adulto mayor por la diferencia entre lo liquidado y el IPC.

Principios constitucionales vulnerados

Los jueces de la Cámara Federal consideran que esta pérdida de poder adquisitivo atenta contra el principio de “sustitutividad”. Es decir, al que establece que la jubilación debe mantener un nivel de vida proporcional al que el beneficiario tenía cuando estaba en actividad.

Asimismo, el fallo observa que se viola el principio de “proporcionalidad”, pues la relación entre los haberes jubilatorios y los salarios activos se ha distorsionado gravemente.

Además, el tribunal mencionó que los bonos y refuerzos otorgados a los jubilados de haberes mínimos en los últimos años son una evidencia de que la fórmula de movilidad no ha sido suficiente. Estos adicionales, aunque brindaron un alivio parcial, no resolvieron la situación general de los jubilados y pensionados y son, según los jueces, un reconocimiento de las fallas de la Ley de Movilidad.

La opinión de Laura Kalerguiz

Tras conocerse la sentencia, la abogada previsionalista Laura Kalerguiz señaló que este fallo representa un avance en la lucha por la recomposición de los haberes previsionales. Sin embargo, aclaró que la decisión aún no está firme.

Según la Doctora Laura, será la Corte Suprema quien tenga la última palabra en este asunto. A su entender, la sentencia es un buen indicio debido a que podría tomarse como un precedente beneficiando a muchos jubilados de Anses.

¿En qué beneficia el fallo al resto de los jubilados?

Declarar inconstitucional la ley de movilidad previsional permitiría a jubilados iniciar reclamos judiciales por pérdida de poder adquisitivo debido a la inflación. Si la Corte confirma el fallo, la Anses deberá ajustar beneficios compensando la inflación.

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