La Anses realiza un cruzamiento de información con distintos organismos para verificar que los beneficiarios cumplan con los requisitos. Desde mayo pasado, gracias a un acuerdo con Migraciones, controla que los titulares de Pensiones no Contributivas (PNC), Asignación Universal por Hijo (AUH) y SUAF mantengan residencia en el país.
Período permitido de ausencia para titulares de la AUH
Según la Resolución 219/2024, los beneficiarios de la AUH pueden ausentarse del territorio argentino por un máximo de 90 días corridos. Este límite incluye tanto a los titulares como a los menores por los cuales se percibe la asignación. Si el hijo beneficiario excede este plazo de ausencia, Anses suspende automáticamente la prestación.
La medida también se aplica a las beneficiarias de la Asignación por Embarazo, quienes perderán el derecho al beneficio si se ausentan del país por más de 90 días consecutivos.
Asignaciones familiares del SUAF
En el caso del Sistema Único de Asignaciones Familiares, la normativa contempla varios escenarios:
- Asignación por Cónyuge: Se suspende el beneficio de Anses si el titular o su pareja se ausentan simultáneamente o de forma alternada y continuada del país por más de 90 días.
- Asignación por Hijo e Hijo con Discapacidad: Aquí el control se extiende también al menor beneficiario. Si el hijo del titular supera los 90 días de ausencia continuada, la asignación será suspendida.
El objetivo es que las asignaciones familiares se destinen exclusivamente a quienes residen en Argentina y que cumplen los requisitos de permanencia establecidos.
Pensiones no Contributivas
Los titulares de Pensiones no Contributivas por invalidez, por vejez o para madres de siete hijos también deben respetar el límite de 90 días de ausencia continua del país. Superar este período implicará la suspensión del beneficio hasta que el titular acredite su regreso y cumpla nuevamente con el requisito de residencia.
Es decir, el período de 90 días corridos se aplica para los beneficiarios de PNC, AUH y SUAF. En caso de regresar al país, el titular debe tramitar nuevamente la prestación.