La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó la facturación en dólares y otras divisas. El organismo recaudador estableció nuevas disposiciones para quienes realicen operaciones en moneda extranjera, con el objetivo de adaptarse al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 de Javier Milei.
Cambios clave de ARCA en la facturación
La Resolución General 5616/2024 define el tipo de cambio que debe aplicarse y actualiza las modalidades para emitir comprobantes. Cuando los pagos se realicen en la misma moneda, se deberá utilizar el tipo de cambio vendedor divisa del Banco Nación, correspondiente al día hábil anterior al de la emisión del comprobante. En los comprobantes electrónicos, el sistema registrará automáticamente el tipo de cambio si se especifica que el pago será en la misma moneda.
Los emisores que utilicen controladores fiscales de nueva tecnología podrán optar por «comprobantes en línea» a través del facturador web gratuito de ARCA. También se permite la emisión en monedas extranjeras para comprobantes de las clases A, B, C, E y T.
Con estas medidas, ARCA busca simplificar los procedimientos para las empresas y profesionales que operan en moneda extranjera, ofreciendo herramientas más claras y automatizadas. Esto responde a la necesidad de mejorar la transparencia y la eficiencia en un contexto de mayor globalización de las operaciones económicas.
Cronograma de implementación
- 15 de enero de 2025: Obligatorio para quienes utilicen el servicio «Comprobantes en Línea» del portal de ARCA.
- 5 de marzo de 2025: Aplicación de los cambios en las herramientas «Facturador Móvil» y «Facturador«.
- 15 de abril de 2025: Implementación para quienes facturen a través de web service. Desde el 15 de enero de 2025 estarán disponibles los manuales técnicos y el sistema de homologación externa.
Mientras se realiza esta transición, los emisores deberán consignar manualmente el tipo de cambio indicado en la resolución.
ARCA publicará las cotizaciones
En el micrositio «Factura Electrónica» del portal de ARCA se publicarán las monedas con cotización oficial del Banco Nación. Para aquellas que no estén listadas, el emisor deberá informar el tipo de cambio aplicado.