La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) recuerda que los empleadores no pueden modificar unilateralmente las condiciones laborales de los trabajadores del servicio doméstico. Esto incluye la reducción de las horas de trabajo, una acción que, si no se realiza correctamente, puede vulnerar los derechos establecidos en la Ley 26.844.
Reducción de carga horaria de empleados del servicio doméstico
Debido a la situación del país, algunas personas consideran reducir la carga horaria de sus empleados del servicio doméstico. No obstante, es fundamental saber que dicha modificación sólo puede realizarse mediante un acuerdo mutuo y por escrito. Ambas partes deben consensuar los términos de la modificación y dejar constancia en un documento firmado por el empleador y el empelado del servicio doméstico.
Además, el empleador está obligado a informar el nuevo régimen a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Si el trabajador no está de acuerdo con el cambio, tiene derecho a negarse y mantener sus condiciones laborales actuales. En situaciones de desacuerdo que puedan derivar en conflictos, la Upacp recomienda buscar asesoramiento profesional.
Pasos para formalizar un cambio de horario
- Acuerdo mutuo: el cambio debe ser consensuado entre ambas partes.
- Documento por escrito: el convenio debe plasmarse en un documento firmado por el empleador y el trabajador del servicio doméstico. Este nuevo documento debe incluir las nuevas condiciones laborales. Es indispensable que el empleado conserve una copia.
- Notificación a la ARCA: el empleador tiene la obligación de actualizar los datos laborales del trabajador en la página oficial de ARCA. Es decir, debe reflejar la nueva situación.
¿Qué hacer ante un conflicto?
Si un empleador intenta imponer la reducción de horas sin el consentimiento del trabajador, el sindicato del servicio doméstico recomienda no firmar ningún documento sin asesoramiento previo.
La Upacp dispone de sedes donde los trabajadores pueden recibir orientación legal gratuita para resolver este tipo de conflictos. También se puede contactar al Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas, llamando al 0800 666 4100 (opción 1 y luego opción 3).