Beneficiario de la AUH con valija de Anses

Anses aclaró cuántos días pueden salir del país las familias de AUH

La Anses aclaró cuántos días pueden salir del país las familias de la AUH e indicó qué trámite se debe hacer en caso de suspensión.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) cuenta con un límite para las familias que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) en relación al tiempo que pueden ausentarse del país sin perder el beneficio. Tanto los titulares como sus hijos no pueden permanecer fuera del territorio argentino por un máximo de 90 días corridos.

El año pasado, la Resolución 219/2024 modificó el límite de permanencia fuera del país para las familias de la AUH. Su control se lleva adelante mediante el cruce de información entre Anses y la Dirección Nacional de Migraciones.

Con esta medida, el organismo garantiza que los recursos de la seguridad social se destinen exclusivamente a las familias que residen en el país.

El control es tanto para el menor como el titular

El límite de 90 días se aplica tanto a los titulares como a los hijos que son beneficiarios de la AUH. Si se supera este período de ausencia continuada, se suspenderá automáticamente la asignación. Para restablecer el cobro, el titular deberá acreditar su regreso al país y el cumplimiento de los requisitos establecidos.

La normativa también abarca a las mujeres que perciben la Asignación por Embarazo para Protección Social. Estas titulares no podrán ausentarse del país por más de 90 días corridos, ya que perderían el derecho al beneficio hasta que regularicen su situación.

Antes de la publicación de esta resolución, el límite permitido era de 180 días, lo que permitía una mayor flexibilidad para viajar al extranjero. Anses redujo el plazo a la mitad para garantizar que quienes residen permanentemente en Argentina cobren la AUH.

¿Qué hacer en caso de suspensión de la AUH?

Si una familia beneficiaria supera los 90 días permitidos de ausencia y se suspende el cobro de la AUH, será necesario presentar la documentación correspondiente para acreditar su regreso. Esto incluye los registros de ingreso al país emitidos por Migraciones, además de cualquier otra documentación que requiera la Anses.

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