Jubilados de Anses abrazados

Anses aclaró qué titulares del SUAF cobran $12.163 por cónyuge

La Anses aclaró qué titulares del SUAF cobran la asignación por cónyuge, la cual es de $12.163 en marzo de 2025 tras el 2,21% de aumento.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) incrementó la asignación por cónyuge del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) un 2,21% en marzo de 2025. Como resultado de ello, el monto del beneficio se ubicó en $12.163. Dicha prestación se liquida de forma mensual.

Quiénes pueden cobrar la asignación por cónyuge

Anses paga la asignación por cónyuge exclusivamente a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) cubiertos por asignaciones familiares. A diferencia de otras prestaciones del SUAF, los trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y beneficiarios del fondo de desempleo no tienen acceso a este pago.

Para cobrar esta asignación, el jubilado o pensionado debe contar con un cónyuge registrado en la base de datos de Anses. Asimismo, ninguno de los cónyuges puede tener un ingreso mayor a $2.056.091 ni el del grupo familiar puede superar los $4.112.182.

Aumento al SUAF en marzo de 2025

La asignación por cónyuge del SUAF se ajusta mensualmente de acuerdo con la movilidad previsional. En marzo de 2025, el aumento fue del 2,21%, siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de enero publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Como indica la Resolución 17/2024, el monto general de la asignación es de $12.163. Sin embargo, quienes residen en zonas con adicional por zona desfavorable cobrarán $24.138.

Jubilados y pensionados que cobran el adicional por zona desfavorable

El monto especial se aplica a jubilados y pensionados de Anses que residen en La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. También a los domiciliados en el partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.

Para recibir este adicional, es fundamental que el beneficiario cobre su prestación a través de una cuenta bancaria. Quienes optan por el pago mediante billeteras virtuales no acceden al plus por zona desfavorable.

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