Taza de café con un cuaderno de ARCA

ARCA ajustó montos del COTI para informar las transferencias de inmuebles

Consideran del IPC, la ARCA ajustó los montos montos para generar el COTI, el cual se utiliza para informar las transferencias de inmuebles.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ajustó los valores mínimos para solicitar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). Esta actualización, vigente desde abril, se efectuó considerando el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El ajuste al monto mínimo para generar el COTI fue publicado oficialmente en el sitio web de la ARCA. Se realizó considerando la Resolución General 5362/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Actualización del monto mínimo para solicitar el COTI

Desde este mes, el monto a partir del cual es obligatorio gestionar el COTI se elevó a $66.833.000. Esta cifra surge de la aplicación del IPC que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y busca mantener actualizados los parámetros utilizados para controlar las operaciones inmobiliarias.

La medida tiene impacto directo tanto en quienes venden como en quienes adquieren inmuebles, ya que establece un nuevo umbral para la declaración de las transacciones ante los organismos de control.

Operaciones en las cuales ARCA requiere el código

La AFIP instauró el código de oferta de transferencia de inmuebles mediante la Resolución General 2371/2007. Es un régimen de información obligatorio para quienes pretendan negociar, ofrecer o transferir un inmueble o derechos sobre bienes inmuebles a construir. Su gestión debe realizarse antes de concretar cualquier operación de compra-venta, independientemente de la forma en que se instrumente.

La obligación de obtener el COTI en ARCA recae sobre el titular o condómino del inmueble y aplica tanto a la venta directa como a otras formas de transferencia.

El valor que se debe informar en el campo «Precio de venta» durante el trámite es el que acuerdan las partes. Puede expresarse en pesos o en moneda extranjera, pero en este último caso debe convertirse a pesos según la cotización del Banco Nación.

El escribano interviniente debe verificar la emisión y validez del COTI en el sitio oficial de la ARCA durante el proceso de transferencia de dominio. Asimismo, si el precio declarado es inferior a la valuación fiscal, se deberá tomar la base imponible fijada para el pago de impuestos inmobiliarios o del impuesto de sellos.